Bs. As., 24/9/2008
VISTO el Expediente Nº 03299/2007 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones del Visto tramita la Licitación Pública Nº 12/07 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que tiene por objeto la contratación de un servicio de preclausura, remoción de residuos y materiales residuales dispuestos en determinados basurales a cielo abierto ubicados en los Partidos de La Matanza, Almirante Brown, Avellaneda y Esteban Echeverría; transporte de los residuos removidos hasta el operador de residuos peligrosos, disposición final de los mismos y emisión de los correspondientes certificados, en el marco del PLAN INTEGRAL CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Que en oportunidad de requerir la contratación referida, la DIRECCION DE RESIDUOS PELIGROSOS dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE CONTROL AMBIENTAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha informado que las características geomorfológicas, hidrográficas e hidrogeológicas del área de implantación de los mencionados basurales y en particular de los sitios de vaciado de residuos, favorecen potencialmente la migración de la contaminación allí producida, estimándose que el tiempo de residencia de la misma en tales sitios importa necesariamente la afectación de los recursos del suelo, aguas superficiales y aguas subterráneas; circunstancias por las cuales resulta menester que se adopten medidas urgentes tendientes a obtener la remoción y disposición adecuada de los residuos a través del desarrollo de trabajos, acciones comunitarias de preservación del espacio saneado, evaluación de pasivos ambientales remanentes y remediación de los recursos comprometidos.
Que, con fundamento en lo expuesto, fue dictada la Resolución JGM Nº 1098 de fecha 30 de noviembre de 2007, mediante la cual se autorizó el procedimiento de Licitación Pública Nº 12/07 a efectos de seleccionar ofertas para la contratación referenciada; aprobándose en el mismo acto los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que rigen el referido procedimiento licitatorio y la contratación que en su consecuencia se perfeccione.
Que mediante Resolución SAyDS Nº 2016 de fecha 11 de diciembre de 2007, la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE determinó cuestiones complementarias a la convocatoria ordenada, a saber: el establecimiento de una fecha última para la presentación de ofertas y de realización del acto de apertura y la conformación de una Comisión de Evaluación a efectos de realizar el análisis de las ofertas presentadas.
Que por Resolución Nº 55/08 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE fue ratificada la Circular Aclaratoria Nº 6/08 por la que se prorrogó la fecha de apertura de sobres, estableciéndose como fecha última para la presentación de las ofertas, el día 28 de febrero de 2008 a las 11:00 horas, y como fecha de realización del acto de apertura de las mismas, el día 28 de febrero a las 12:00 horas.
Que, posteriormente y con anterioridad a la fecha y hora de presentación y apertura anunciada, se emitió la Circular Aclaratoria Nº 8/08 que dispuso una nueva prórroga para la realización del referido acto, para el día 18 de marzo de 2008. Dicha Circular fue ratificada mediante Resolución SAyDS Nº 174 de fecha 10 de marzo de 2008.
Que la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en uso de las facultades que le fueran delegadas mediante la citada Resolución JGM Nº 1098/07 y de acuerdo con lo establecido por el artículo 6º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales, emitió, además de las enunciadas precedentemente, SEIS (6) Circulares Aclaratorias, dando respuesta a consultas de índole técnico formuladas por los proveedores.
Que la totalidad de los actos arriba mencionados tuvo la publicidad y difusión establecida por la normativa aplicable, mediante publicaciones en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en DOS (2) periódicos de circulación nacional —en los casos pertinentes—, así como en la difusión en los sitios de internet de los Organismos Públicos correspondientes, así como las notificaciones a quienes habían retirado Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.
Que llevado a cabo el acto de apertura de las ofertas el día 18 de marzo de 2008, se constataron presentaciones por parte de CINCO (5) firmas oferentes, que operan comercialmente bajo las siguientes denominaciones, según su orden de presentación: (1) BEFESA ARGENTINA S.A.; (2) MARCOS MARTINI S.A.; (3) RECOVERING S.A.; (4) DESLER S.A.; y (5) INDUSTRIA SEGHIMET S.A., constatándose sobre esta última al abrir el respectivo sobre, que únicamente manifestaba su imposibilidad de cotizar dada las características técnicas de la contratación.
Que posteriormente, fue iniciada la etapa confidencial de estudio y análisis de las ofertas, requiriendo la Comisión de Evaluación la realización de informes preliminares de los aspectos técnico y legal de las mismas.
Que del informe de evaluación emitido por la DIRECCION DE RESIDUOS PELIGROSOS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE se desprende que: a) Las 3 (TRES) propuestas admisibles fueron evaluadas de conformidad con lo establecido en el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Técnicas (PBCT), conformándose para ello una “Matriz para la Evaluación Técnica de Ofertas”; b) Las 3 (TRES) propuestas admisibles ofertan para la totalidad de los renglones comprendidos en la licitación referenciada, siendo técnicamente viables; c) La oferta correspondiente a la empresa DESLER S.A. (Oferente 1) no cumplimenta con lo requerido en el PBCT, en su artículo 6.6 (presentación de hojas de ruta correspondientes); d) La oferta correspondiente a la empresa RECOVERING S.A. (Oferente 2) cumplimenta con lo requerido en el PBCT, proveyendo mayor detalle y/o mejorando lo requerido en alguno de sus puntos, tomando especial relevancia la presentación de un cronograma de tareas de menor extensión; e) La oferta correspondiente a la empresa MARCOS MARTINI S.A. (Oferente 3) cumplimenta con lo requerido en el PBCT; f) La oferta correspondiente a la empresa BEFESA ARGENTINA S.A. (Oferente 4) no ha sido evaluada técnicamente en virtud de haber sido declarada inadmisible, según MEMO Nº 231/08 de la COORDINACION DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que finalmente, la Comisión de Evaluación se expidió mediante Dictamen de Evaluación Nº 12 de fecha 16 de mayo de 2008, en la que se recomienda adoptar las decisiones que a continuación se detallan: “(i) CONSIDERAR la oferta económica de la empresa (2) “MARCOS MARTINI S.A.” en el Orden de Mérito Nº 2, respecto de los CUATRO (4) renglones por cuanto CUMPLE con todos los requisitos exigidos en el pliego de bases y condiciones representando la misma un valor OCHO COMA VEINTIOCHO POR CIENTO (8,28%) superior al presupuesto oficial; (ii) RECHAZAR la oferta económica de la empresa (1) “BEFESA ARGENTINA S.A.”
por inadmisibilidad de oferta (por no cumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en relación con la garantía de mantenimiento de oferta); (iii) RECHAZAR la oferta económica de la empresa (4) “DESLER S.A.” por precio manifiestamente inconveniente a los intereses de esta SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en los términos del art. 15 del Decreto Nº 1023/01 y del art. 78 del Decreto Nº 436/00, en virtud de resultar un VEINTITRES COMA SESENTA Y OCHO POR CIENTO (23,68%) superior al presupuesto oficial; (iv) ADJUDICAR la Licitación Pública Nº 12/2007 en sus CUATRO (4) renglones, a la firma (3) “RECOVERING S.A.”, por un monto de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 64.354.054,00), debido a que presentó la oferta económica con preciomás bajo que cumple con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones”.
Que el referido dictamen de evaluación fue notificado a los domicilios constituidos de las citadas empresas oferentes, no habiéndose recibido impugnación alguna por parte de los mismos.
Que en consecuencia, resulta conveniente a los intereses del Organismo Contratante adjudicar el procedimiento de selección de contratistas convocado según las recomendaciones de la Comisión de Evaluación, por lo que corresponde resolver la aprobación del referido procedimiento de selección y ordenar en esta oportunidad la respectiva adjudicación de los CUATRO (4) renglones correspondientes a la contratación en cuestión, de acuerdo con lo establecido por los artículos 11, inciso f), del Decreto Nº 1023/01, 82 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 436/00 y 21 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales.
Que de conformidad a lo dispuesto por los artículos 82 del Decreto Nº 436/00 y 20 del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Resolución Nº 834/00 del MINISTERIO DE ECONOMIA, corresponde en este acto resolver las impugnaciones deducidas mediante Acta Notarial de fecha 28 de febrero de 2008, contra la Circular Aclaratoria Nº 8/08 emitida por el Coordinador de Compras, Contrataciones, Patrimonio y Suministros, por los representantes de RECOVERING S.A. y MARCOS MARTINI S.A.
Que al no verificarse el supuesto de hecho que sustentó las impugnaciones, las impugnaciones devienen en abstractas y, por lo mismo, deben ser desestimadas.
Que, por todo lo expuesto y atento que de la evaluación de las ofertas surge que la presentada por la firma RECOVERING S.A. se ha adecuado en un todo a las pautas legales aplicables, resulta conveniente adjudicar la Licitación Pública Nº 12/07 a la mencionada firma por tratarse de la empresa que cumple con todos los requisitos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y cuya cotización representó el precio más conveniente para el Organismo Contratante, por un monto total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 64.354.054,00).
Que la instrumentación de la presente medida requiere de la suscripción de la respectiva orden de compra para ser notificada al adjudicatario, trámite para el cual resulta conveniente facultar a la titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme con lo establecido en el artículo 84 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 436/00.
Que asimismo resulta conveniente delegar en la citada autoridad la decisión e instrumentación de las siguientes cuestiones atinentes al desenvolvimiento de la vida contractual previstas en el artículo 12 del Decreto Nº 1023/01, a excepción de las contenidas en los incisos b) y g).
Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo, han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASESORAMIENTO LEGAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 35, inciso c) del Reglamento de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 1344/07.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1º — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 12/07 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que tiene por objeto la contratación de un servicio de preclausura, remoción de residuos y materiales residuales dispuestos en determinados basurales a cielo abierto ubicados en los Partidos de La Matanza, Almirante Brown, Avellaneda y Esteban Echeverría; transporte de los residuos removidos hasta el operador de residuos peligrosos, disposición final de los mismos y emisión de los correspondientes certificados, en el marco del PLAN INTEGRAL CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Art. 2º — Desestímanse las impugnaciones interpuestas por los oferentes RECOVERING S.A. y MARCOS MARTINI S.A. en la Licitación Pública Nº 12/07 contra la Circular Aclaratoria Nº 8/08, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.
Art. 3º — Recházase la Oferta Económica de la empresa BEFESA ARGENTINA S.A. por inadmisible (por no cumplir con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en relación con la garantía de mantenimiento de oferta).
Art. 4º — Recházase la Oferta Económica de la empresa DESLER S.A. por precio manifiestamente inconveniente a los intereses del Organismo Contratante, en virtud de resultar su oferta superior al presupuesto oficial.
Art. 5º — Considérase la Oferta Económica de la empresa MARCOS MARTINI S.A. en el Orden de Mérito Nº 2, respecto de los CUATRO (4) renglones, por cuanto cumple con todos los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 6º — Adjudícase la Licitación Pública Nº 12/07, en sus CUATRO (4) renglones, a la empresa RECOVERING S.A. por ajustarse su oferta a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y resultar la más conveniente en precio a los intereses del Organismo Contratante, por la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 64.354.054,00).
Art. 7º — Autorízase a la titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a emitir la orden de compra correspondiente y a efectuar todos los actos atinentes al desenvolvimiento de la vida contractual previstos en el artículo 12 del Decreto N° 1023/01, a excepción de los contenidos en los incisos b) y g).
Art. 8º — Establécese que la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 64.354.054,00) emergente de la presente medida, será atendida con las partidas específicas y correspondientes del Presupuesto de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Sergio T. Massa. — Aníbal F. Randazzo.