El Gobierno de la Ciudad entregó en tiempo y forma a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) el resultado de las 1400 inspecciones realizadas por la Agencia de Protección Ambiental de las industrias instaladas en el área de influencia de la Cuenca en territorio porteño.
Esta identificación de las industrias permitirá el cumplimiento del inciso 2 del título III del fallo denominado "Contaminación de origen industrial" que obliga a las jurisdicciones, una vez inspeccionada la totalidad de las industrias, a identificar aquellas que se consideren agentes contaminantes e intimarlas a presentar ante ACUMAR el correspondiente plan de tratamiento dentro de los 30 días hábiles.
Además se presentó el Sistema de Monitoreo de Aire y Ruido compuesto por 41 estaciones de monitoreo inteligente y 4 estaciones EPA, que permitirá identificar contaminantes como monóxido de carbono, ozono, óxidos de nitrógeno, material particulado y dióxido de azufre. La primera estación de monitoreo EPA ya fue instalada en Catalinas Sur en el Barrio de La Boca y permitirá en breve la medición de la influencia del Riachuelo y el Polo Petroquímico Dock Sud.
Estas estaciones fueron visitadas el lunes 1 de septiembre por el Juez Federal de Quilmes a cargo de la causa Dr. Luis Antonio Armella.
Por último y para cumplimentar con el punto del fallo referido a la información pública, el Gobierno de la Ciudad estableció en www.buenosaires.gov.ar, un apartado donde pueden consultarse las solicitudes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, así como también las acciones que se han instrumentado desde el Estado porteño.
Antecedentes
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el 8 de julio pasado los objetivos y plazos para el saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo.
En su título III "Contaminación de origen industrial", dictaminó que en el plazo de 30 días hábiles debía realizarse la inspección de todas las empresas existentes en la cuenca.
Una vez relevadas, siempre según el fallo, deberán "identificarse aquellas que se consideren agentes contaminantes" para luego intimar a "todas las empresas identificadas como agentes contaminantes que arrojan residuos, descargas y/o emisiones a la Cuenca Matanza-Riachuelo, para que presenten a la autoridad competente el correspondiente plan de tratamiento, en un plazo de 30 días hábiles" a partir de la fecha de notificación por parte de ACUMAR.
Vencido este plazo se dispone de 60 días hábiles para considerar y decidir sobre la "viabilidad y aprobación del plan de tratamiento."
Fuente: Prensa - Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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