1. Días atrás, este diario reprodujo las declaraciones del ingeniero Néstor Arias al diario mendocino Los Andes, relativas al convenio sobre el Atuel, a firmarse entre La Pampa y la provincia cuyana. La reproducción de esa opinión se justificó en la larga trayectoria del profesional como asesor y representante mendocino ante distintos organismos hídricos interprovinciales. Además, al margen de su reconocida idoneidad técnica, Néstor Arias es considerado como una persona razonable, que escucha y no se encierra en posiciones rígidas o en preconceptos que bloquean toda posibilidad de diálogo. Por tal motivo resulta oportuno realizar un análisis más detallado de sus opiniones.
Como los lectores de este diario recordarán, cuando el convenio fue presentado a la sociedad pampeana durante el invierno pasado, hubo notorias voces que discreparon con la insólita pretensión del Poder Ejecutivo de aceptarlo y aprobarlo en su totalidad y a libro cerrado, sin discusiones. Finalmente el acuerdo acabó siendo aprobado de ese modo por la Legislatura pampeana, sin admitir ninguno de los cuestionamientos y modificaciones que se plantearan desde la oposición.
2. No deja de ser curioso que las declaraciones de Arias vienen a respaldar varias de las objeciones que se presentaran oportunamente y que fueran rechazadas de plano por los organismos oficiales. Por ejemplo, Arias dice: "era necesario turbinar todos los caudales del río Grande desde la mencionada presa", admitiendo el principal interés mendocino, aunque el Tratado del río Colorado dice otra cosa.
El profesional pone especial énfasis en la necesidad de acordar con La Pampa en base al indiscutible carácter interprovincial del río, desviándose de la postura tradicional de Mendoza de no aceptar derechos ni razones de la parte opuesta. Al respecto, cabe recordar que ya han transcurrido quince años sin que Mendoza reconozca las facultades del Coirco en materia de competencia ambiental en el Colorado, que sí son avaladas por las demás provincias.
Arias habla de "restablecer el marco jurídico para el desvío del Grande al Atuel", lo que implica admitir que se ha salido de ese marco, concepto que explíctamente aparece en el punto tercero de sus declaraciones. Asimismo señala la necesaria coordinación en el tiempo o simultaneidad de las obras mendocinas con las del trasvase del río Negro al Colorado, también previsto en el tratado entre las cinco provincias pero del que no se hace ninguna mención en el acuerdo en cuestión, por más que se abunda en mencionar otros desarrollos.
3. Con una franqueza que no es frecuente hallar entre los representantes mendocinos, el profesional acepta que, con un fallo de la Corte Suprema de Justicia que declara la interprovincialidad del río, Mendoza no puede pretender la totalidad del recurso, más allá de cualquier argumentación técnica, económica, jurídica o política que pretenda esgrimir.
Tampoco Arias se priva de destacar las ventajas evidentes que el acuerdo proporcionaría a su provincia: restitución del marco jurídico en cuanto al punto de derivación; posible aprobación del Coirco; viabilización del proyecto de Portezuelo del Viento, con su enorme importancia para la generación eléctrica y, en la cuenca del Atuel, lograr fondos nacionales y de La Pampa para las obras, entre ellas "la posibilidad de dos acueductos para la ganadería" en el sur del territorio mendocino.
Curiosamente esos puntos coinciden con las objeciones que presentaran oportunamente algunas entidades pampeanas como la Fundación Chadileuvú, la Universidad Nacional de La Pampa y Alihuén, entre otras, y que causaran profunda molestia en la Secretaría de Recursos Hídricos pampeana.
4. Para concluir, no pueden pasarse por alto dos llamativas observaciones de Arias que desentonan con su postura y que evidencian una visión unilateral. La primera cuando expresa que, entre los aspectos del convenio que benefician a Mendoza, figura que no se ceden "recursos hídricos de la provincia, sólo acordamos compartir una parte del excedente recuperable una vez dotadas las 75.561 hectáreas establecidas por la Corte Suprema", lo que puede interpretarse como que antes de ese acto no llegaría agua a La Pampa, aún en el caso de funcionamiento del acuerdo.
La otra singularidad consiste en decir que "realizamos un importante acto posesorio sobre las aguas del cupo mendocino del río Colorado, cuyo aprovechamiento por parte de otras provincias aguas abajo va a ir agotando las posibilidades futuras de retirarlo mediante las obras de trasvase a medida que sigue transcurriendo el tiempo". Esa interpretación de Arias presupone que las cuatro provincias situadas aguas abajo pueden desconocer el Tratado Interprovincial. Sin embargo es sabido que nunca hubo manifestaciones por parte de los estados abajeños de avanzar sobre el cupo mendocino en el Colorado, aunque no se lo utilice.
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