La diputada Provincial Estela de De Micheli del Partido Demócrata progresista en el frente Cívico y social, dice que si bien sabemos que no podemos manejar lo climatológico si sabemos y debemos darles el mayor apoyo posible a los productores agropecuarios.
Desde hace ya muchos meses "vengo insistiendo en la homologación por parte de la Nación de la emergencia agropecuaria provincial, presenté a principios de Agosto un proyecto solicitando el dictado de las resoluciones conjuntas de los Ministerios de Economía, Producción e Interior de la Nación porque ya se tenía un panorama poco alentador para el sector, y toda ayuda que la provincia pudiera dar no sería suficiente dada la magnitud del fenómeno; hoy el 75 por cientode la provincia esta en desastre, ya no da para más, debe la Nación en forma urgente dar una respuesta a esta Provincia que ha aportado mas de 18 mil millones de pesos por retenciones".
Se solicita la homologación para poder poner en marcha los mecanismos establecidos en la Ley Nacional nº 22913 que tiene muchos beneficios que podrían estar al alcance del los productores afectados. Aclarando que el requisito fundamental es que la explotación agropecuaria sea la principal actividad de la persona afectada por la emergencia o desastre.- En el orden crediticio y a pedido del productor afectado espera renovaciones de obligaciones pendientes desde la iniciación de la emergencia o desastre hasta 90 días después de finalizada la misma; otorgamientos de créditos que permitan continuar con la explotación, sea a través del mantenimiento del personal, recuperación de las economías de los productores con una tasa de interés bonificada en un 25 por ciento en las zonas de emergencia y de un 50 por ciento en las zonas de desastre; unificación de las deudas que cada productor tenga con el banco Nación. Consiste este beneficio en que los deudores de diferentes líneas de créditos del mismo banco, puedan unificar y reprogramar los pagos de los mismos en mejores condiciones de tasa y plazo. Suspensión de hasta 90 días de finalizada la emergencia yo desastre de la iniciación de juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas vencidas con anterioridad a la emergencia o desastre; suspensión de los términos procesales, caducidad de instancia y de prescripción.-
En el orden impositivo hay otras tantas medidas importantes como prórroga de vencimiento por 90 días hábiles para las presentaciones y el pago de los impuestos existentes o a crearse que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las explotaciones afectadas cuyos vencimientos operan dentro del período de la emergencia y/o desastre.-
Se faculta al Poder Ejecutivo Nacional para que pueda eximir total o parcialmente de los impuestos sobre los capitales y el patrimonio neto por 90 días hábiles posteriores al periodo de la emergencia.-
En el caso de ventas forzosas de hacienda sea bovina, caprina, ovina o porcina podrá deducirse el 100 por ciento del impuesto a las ganancias.- Se toma la deducción del importe que resulte de la diferencia entre el precio neto de venta y el valor impositivo del último inventario.- Acá debemos aclarar que se entiende por venta forzosa a la cantidad de animales, cabezas, que exceden el promedio de lo efectuado en dos ejercicios anteriores, salvo el caso del nuevo emprendimiento.- También es necesario aclarar que es muy importante hacer la diferencia entre especie y categorías.- Todo productor que haga uso de esta franquicia deberá reponer como mínimo el 50 por ciento de la cantidad de cabezas vendidas forzosamente por especie y categoría y en un plazo de 4 años a partir de la finalización de la emergencia y/o desastre, sino cumple deberá reintegrar la deducción efectuada actualizándose los importes.-
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