Un estudio del Ministerio de Ambiente demostró que 236 empresas industriales monitoreadas en el área metropolitana no cumplen con los niveles permitidos de sustancias contaminantes en las aguas que desechan o que vuelven a utilizar.
La Unidad de Recursos Hídricos, de ese ministerio, informó que el año pasado monitoreó a 236 empresas de varios sectores industriales, para comprobar su tratamiento de aguas residuales y reusadas.
Los resultados evidenciaron que no cumplen con los parámetros establecidos en el Reglamento de Descargas y Reuso de Aguas Residuales y de la Disposición de Lodos.
Varios sectores
Las empresas pertenecían a los sectores de hotelería, restaurantes, alimentación, elaboración de bebidas, químicas y farmacéuticas, plásticos y hules, productos metálicos, servicios de salud y sociales, construcción, comercio al por mayor y otros sectores de los que solo se monitoreó una cantidad mínima. Todas ellas están ubicadas en el área metropolitana.
Entre los resultados hallados por técnicos de la unidad mencionada destacan la falta de tratamiento de grasas y aceites en sectores donde éstos son muy usados, como restaurantes y hoteles, en los cuales el 80 por ciento sobrepasa los límites permitidos en aguas residuales.
En la industria de alimentación, el 70 por ciento rebasa los límites en estas sustancias, mientras que en la elaboración de bebidas el 60 por ciento de las compañías analizadas no cumplen los parámetros.
Las compañías químicas efectúan un tratamiento no adecuado de cromo en el 41 por ciento de los casos estudiados.
Las que se dedican al sector salud necesitan mejorar su tratamiento de aguas residuales en cuanto a coliformes fecales, en el 20 por ciento de los casos.
En el reglamento se especifican parámetros para 20 tipos de entidades.
Escasez de plantas
Henry Sep, de la unidad mencionada, refirió que todas las empresas evaluadas tienen estudios técnicos realizados, como exige el reglamento, pero presentan fallas que deben ser corregidas.
Otro de los problemas fundamentales es la falta de plantas de tratamiento de aguas y la falta de coordinación con las municipalidades, para controlar lo que se vierte en el alcantarillado público, explicó.
La Ley de Protección de Medio Ambiente establece sanciones para quienes emitan vertidos residuales contaminantes, que pueden ir desde recomendaciones, advertencias, tiempos para corrección del daño, hasta multas entre Q5 mil y Q100 mil.
También el Código Penal, en su artículo 347-A, tipifica el delito de contaminación.
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