Se trata de los casos analizados para las provincias de Santa Fe, Río Negro, San Juan, Neuquén, Entre Ríos, La Pampa, Corrientes, Chaco, Tucumán, Salta, Santiago del Estero, Chubut, Chaco y Corrientes.
La medida implica diferimientos impositivos a cumplir con el arreglo a una tasa de interés anual para los productores.
Los ministerios de Producción y del Interior de la Nación refrendaron las resoluciones y de acuerdo con cada caso los beneficios se extenderán, según corresponda, en distintos períodos de este año.
Las resoluciones responden a la homologación de situaciones realizadas en la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria que preside el titular de la Secretaría de Agricultura de la Nación (Sagpya), Carlos Cheppi.
Para conseguir la eliminación (en caso de desastre agropecuario) o el diferimiento (emergencia) que comprende la Ley 22.913, los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones hayan sido afectados por la sequía.
A su vez, el Gobierno provincial respectivo remitirá a la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria, la nómina de certificados emitidos.
De acuerdo con el mecanismo burocrático, los organismos nacionales y provinciales realizarán seguimientos e informarán a la Comisión sobre las variantes que se registren en las zonas afectadas.
Están exentos de los beneficios de la Ley 22.913, los establecimientos agropecuarios cuyos daños “puedan ser cubiertos o amparados por el régimen de seguro” que cubra el fenómeno climático adverso, según las normas.
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