La reglamentación del uso de las vertientes de agua potable, se constituye en una necesidad vital, para evitar acciones al margen de la legalidad, mismas que son asumidas por comunidades campesinas, presuntamente bajo el amparo de la nueva Constitución Política del Estado, dijo el ex gerente del Servicio Local de Acueductos y Alcantarillados (SeLA) Guillermo Quispe.
Tendríamos que referirnos a la actual Constitución Política del Estado, donde se habla de la temática del agua que no ha dejado sin efecto la Ley del Agua, de 1906 que hace más de cien años esta norma nunca fue actualizada, subrayó.
Indicó que la nueva Carta Magna sostiene que las comunidades son dueñas y propietarias de los recursos naturales, sin embargo es el Estado quien tiene que administrar los mismos.
“Lo que está haciendo falta es una reglamentación, una normativa, o bien un proceso de actualización de la Ley de Aguas”, para evitar conflictos entre instituciones de servicio como es SeLA, sostuvo.
Guillermo Quispe sostiene que en el pasado conflicto que sostuvo el Servicio Local de Acueductos y Alcantarillados, el conflicto con los comunarios de Cala Cala se entrabó y fue difícil encontrar un acuerdo que satisfaga a quienes reclamaban la propiedad de las vertientes de agua que son llevadas a la ciudad por un acueducto para suavizar las aguas producidas en los pozos de Challapampita y Cala Caja.
Quispe considera que el problema se acrecienta más por la desaparición de las superintendencias, concretamente la del Agua. “Entonces quién regula, quién norma el uso del agua destinada al consumo de una población”.
MACROMEDICIÓN
El ex gerente de SeLA, dijo que se ha realizado un estudio de macro medición, estableciendo que la población civil es la que consume la mayor cantidad de agua para el consumo humano.
La proyección de crecimiento es superior a los 45.000 usuarios del servicio de agua potable domiciliario, de este total el 98 por ciento corresponde a la categoría doméstica y un dos por ciento está distribuido entre la industria y el comercio.
Dijo que sobre éstas consideraciones se requieren bases de legales o normas que aclaren las relaciones entre comunarios con el Servicio Local de Acueductos y Alcantarillados, tomando en cuenta que los comunarios de Cala Caja y Challapampita también hicieron conocer su representación sobre el uso de los pozos de producción de agua.
“El agua es un derecho universal la que no se puede dejar de suministrar a la sociedad civil”, por eso se requiere de una reglamentación la Ley de 1906”, señaló.
Quispe aseguró que las vertientes de Cala Cala proveían servicio a la población de Oruro desde los años 1928, además SeLA Oruro, en una oportunidad cedió, a la comunidad, una cometida de aproximadamente tres litros por segundo.
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