No sólo hay que destacar las discrepancias interpatidarias. No sólo merecen extensas crónicas periodísticas los debates ásperos y los enfrentamientos verbales que desnudan las profundas diferencias entre los diferentes partidos. Corresponde resaltar --cuando ello ocurre-- las coincidencias que se verifican en los plenarios de la Cámara, los consensos que se logran luego de negociaciones en las que prevalece el espíritu constructivo por encima de espurios intereses electoreros.
La de ayer fue una sesión que transcurrió en un clima de paz y de entendimiento digno de destacar. Fue así que se dio sanción a dos proyectos de ley sobre los cuales, en principio, no había unanimidades y que hacían prever una sesión agitada. Uno de ellos es el que introduce modificaciones al decreto-ley 15.239 sobre conservación de suelos y aguas; el otro, el que estipula la generación de intereses compensatorios en beneficio de los trabajadores por el no pago en fecha de los haberes salariales.
El emepepista Jorge Saravia fue el miembro informante del proyecto de ley sobre conservación, uso y manejo de suelos y de aguas. De lo que se trata es de establecer normas tendientes a preservar esos dos recursos no renovables, tratando de minimizar los procesos de degradación y erosión del suelo, y mantener su sustentabilidad productiva en el largo plazo. Lo que este nuevo texto legal introduce refiere a establecer la responsabilidad solidaria del propietario del predio cuando en el mismo no se cumpla con las técnicas del buen manejo de los suelos y aguas, por un lado; y por otro, la fijación de sanciones y abultadas multas a aquellos que incumplan las normas. Explicó don Jorge que con esta ley se otorga al MGAP potestades fiscalizadoras. En principio, el asunto no ofrecía dificultades, pero hete aquí que desde la bancada nacionalista se elevaron voces que plantearon dudas razonables sobre el texto legal. Luis Alberto Heber, por ejemplo, cuestionó la falta de claridad acerca de quién debe ser responsable por el mal uso del suelo, y consideró injusto que dicha responsabilidad recaiga sobre el propietario por el uso irresponsable que pueda llevar a cabo el arrendatario.
Arana apoyó fervorosamente el proyecto que, dijo, está en consonancia con el Plan de Ordenamiento Territorial y protege elementos vitales como el suelo y el agua cuyo propietario es toda la comunidad. Carlos Moreira replicó sosteniendo que en Uruguay no hay propiedad colectiva de la tierra y que hay que respetar el derecho de propiedad consagrado en la Constitución. Eduardo Lorier, expresó que el verdadero culpable de la degradación del suelo (esa "utilización loca" de la tierra, según sus propias palabras) es el sistema de producción "esquilmante" que busca la ganancia inmediata sin preocuparse de las consecuencias. Lucía recordó que así como existe el retiro obligatorio en las ciudades, debemos aceptar normas que, en aras del interés general, ordenen las áreas rurales. Como tenemos una responsabilidad colectiva, estamos obligados a buscar pactos sociales. Pérez Antón (suplente de Francisco Gallinal) cuestionó la discrecionalidad del MGAP para aplicar multas que van de 10 UR a 10 mil UR. Da Rosa expresó su acuerdo con el proyecto en general pero pidió más garantías para los pequeños propietarios. Al final, el proyecto fue sancionado con los votos frentistas más los de Antía, Da Rosa y Sanguinetti.
Acto seguido, el doctor Eduardo Ríos fue el encargado de informar un proyecto de ley que establece multas e intereses de mora en beneficio de los asalariados cuando el empleador no pague en fecha los salarios. Explicó Ríos que hasta ahora, sólo existían multas que el patrono debe pagar al MTSS, y que los trabajadores no están tenidos en cuenta. Lo que este proyecto de ley que luego sería aprobado por unanimidad (21 en 21) se propone es corregir esa situación injusta en que se halla el asalariado, que debe atrasarse en el pago de sus facturas de los servicios públicos si no le pagan en fecha su estipendio, lo que le genera multas y recargos por mora. Pero al mismo tiempo que otorga esa protección al trabajador dependiente, considera al empleador que cumple puntualmente, e incluso ampara a aquel que por algún motivo justificado no puede hacer frente al pago en fecha de los salarios de sus empleados, siempre y cuando plantee el caso con antelación en el Consejo de Salarios.
Fue luego el turno de Isaac Alfie, quien cuestionó por excesiva la sanción prevista para el empresario que se atrase. En el texto se establecía un interés mensual de 10 por ciento, lo que a su juicio resulta desmesurado e inequitativo. En razón de ello, el ex ministro de Economía propuso la siguiente modificación: una multa de 10 por ciento por una única vez, más el mismo interés moratorio que aplica la DGI para los atrasos en deudas fiscales. Esta iniciativa de Alfie fue considerada razonable y el proyecto recibió la sanción. Veremos qué pasa en Diputados.
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