Parecería ser cierto que el Uruguay es un país con vitales intereses marítimos pero que se da el lujo de vivir de espaldas al mar. Una cosa es la realidad y otra muy diferente es la percepción de esa realidad. Y, si para muestra basta un botón, podemos mencionar el silencio con que se recibió la noticia de que se había presentado a la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, la propuesta para extender, de las 200 millas náuticas actuales, a una distancia de 350 millas la plataforma continental uruguaya.
La plataforma es la extensión submarina del territorio continental de los Estados ribereños. Se extiende hasta el borde exterior del margen continental y comprende el lecho y el subsuelo de esas áreas submarinas (no abarca las aguas suprayacentes).
La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar establece expresamente que el Estado costero ejerce en esa región submarina derechos de soberanía exclusivos a los efectos de su exploración y de la explotación de sus recursos naturales.
En principio, según la Convención, la plataforma continental del Estado costero se extiende hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.
Ese límite exterior de la plataforma coincide con el límite de la zona económica exclusiva de cada Estado costero.
Sin embargo, en determinados casos, es posible que la plataforma continental pueda extenderse y se interne mar afuera a una distancia mayor.
Previendo esa posibilidad, la Convención desarrolló un procedimiento especial por el cual el Estado costero puede reclamar y conseguir que sea reconocido bajo el Derecho Internacional, un límite exterior más lejano. Con la condición de que se reúnan determinados criterios científicos, que allí se establecen. En el caso de los Estados para los que la Convención entró en vigencia antes del 13 de mayo de 1999, como sucede con el Uruguay, el plazo previsto para la presentación de las propuestas se cumplió el 13 de mayo pasado.
El Brasil ya había entregado su propuesta al Secretario General de las Naciones Unidas para su consideración por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, el 17 de mayo de 2004. La República Argentina hizo otro tanto el 21 de abril de este año. El Uruguay la entregó el 7 de abril.
La propuesta uruguaya es respaldada por una sólida documentación científica. Tal como se estableció en la Ley N°17.033, el Servicio de Oceanografía, Hidrografía y Meteorología de la Armada (Sohma) tuvo a su cargo los estudios y trabajos necesarios a efectos de establecer la traza del límite exterior de la plataforma continental.
Nuestro país aspira a extender el límite exterior de su plataforma continental hasta una distancia de 350 millas náuticas (el límite máximo establecido en la Convención). Ello significaría agregarle una franja adicional de 150 millas náuticas de ancho a la plataforma continental uruguaya actual.
Ahora comienza el procedimiento establecido en la Convención y en el Reglamento del Tribunal.
Este incluye la posibilidad de que otros países formulen comentarios y culmina en una reunión de la Comisión donde ésta podrá formular recomendaciones al Estado que presenta la propuesta de extensión.
El límite exterior fijado por el Estado costero de acuerdo a esas recomendaciones, será "definitivo y obligatorio" para todos los Estados.
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