Asimismo, declaró "zona de desastre agropecuario" desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2009 a las parcelas rurales de General Dorrego y de varias circunscripciones de los partidos de
Saavedra, Adolfo Alsina, Guaminí, Coronel Suarez, y Coronel Pringles, de la provincia de Buenos Aires.
Con esta decisión, dispuesta mediante el decreto 740/2009, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Nación homologó la declaración de "desastre" dictada para esas mismas zonas afectadas por
"fenómenos climástivos adversos" por el gobierno bonaerense en marzo último, y determinó así la aplicación de la Ley 24.959, cuya autoridad es el Ministerio de Interior.
Dicha norma determina ciertas exenciones impositivas y hasta la suspensión temporaria del pago de cuotas de créditos gestionados por los productores rurales.
La emergencia y/o desastre puede obedecer a fenómenos climáticos tales como inundaciones, sequía, granizo, tornado, y su alcance depende del grado de afectación de la producción agropecuaria.
El "desastre" ocurre cuando la zona afectada supera el 80 por ciento del total en producción.
El procedimiento de declaración de emergencia y/o desastre agropecuario se origina a nivel municipal, luego provincial -a través de una comisión específica integrada por representantes del
gobierno y de las entidades del sector-, y finalmente puede ser homologado por la Nación |
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