La Corte Internacional de Justicia (CIJ) definió ayer cuáles son los límites del derecho de navegación que tiene Costa Rica sobre el río San Juan: solo podrá hacerlo con fines comerciales.
El fallo, esperado tras 11 años de conflictos, aclara también los límites de la soberanía de Nicaragua sobre el río, negándole a ese país el derecho a restringir la actividad comercial costarricense.
En una resolución recibida con satisfacción por diferentes sectores, Costa Rica logra ver reafirmado su derecho al comercio de bienes y, por primera vez, de servicios por el río, y Nicaragua ve reforzada su soberanía sobre la vía acuática.
“Costa Rica debe quedar muy satisfecha, aunque ciertamente la aspiración de ejercer funciones policíacas es rechazada”, dijo el historiador Manuel Araya.
“Creo que para el lado nicaragüense quedan satisfechos elementos simbólicos muy sensibles de soberanía como que los barcos costarricenses deban llevar bandera nicaragüense, lo cual es norma en aguas internacionales”.
“Ganamos todos”. Ambos gobiernos se pronunciaron muy satisfechos del resultado. El canciller costarricense, Bruno Stagno, dijo que el fallo fue “un triunfo diplomático” .
El presidente Daniel Ortega, de Nicaragua, hizo en la noche una declaración muy conciliadora. “Nuestra conclusión es que ganamos todos: ganaron los hermanos costarricenses y ganamos los nicaragüenses”.
“Aquí no hay ni victoria ni derrota ni para Costa Rica ni para Nicaragua, somos hermanos centroamericanos (...)”, insistió.
Destacó que en la frontera, familias nicaragüenses y costarricenses se cruzan en ambos lados sin permiso y muchos nicaragüenses vienen a estudiar y a recibir atención médica.
Los puntos. La Corte institucionaliza el derecho de Costa Rica al comercio de bienes y servicios por el río al acoger la interpretación de Costa Rica de la frase “con objetos de comercio” , contemplada en el tratado Cañas-Jerez, como “con propósitos de comercio” y no solo como mercancías.
Así, la Corte “dio una interpretación moderna de lo que es comercio” al incorporar el turismo y el transporte de personas, señaló el canciller Stagno.
A partir de esta resolución, Costa Rica tiene derecho a navegar con fines comerciales. Este derecho cubre el transporte de pasajeros que “no están obligados a solicitar una visa nicaragüense”.
Nicaragua no podrá cobrar peaje ni exigir tarjeta turística a las embarcaciones costarricenses que lleven turistas a bordo.
Igualmente, solo podrá ejercer controles administrativos y de horarios en los puestos de entrada y salida del río para embarcaciones costarricenses y sus pasajeros.
Tales embarcaciones están obligadas a llevar la bandera nicaragüense. Nicaragua confirma su control absoluto sobre el río, un tema muy sensible en la simbología nacional nicaragüense.
“La Corte dejo clarísimo que Nicaragua es absoluta y soberana para dictar todas las medidas razonables que tiendan a la seguridad y el bien del río y en ese sentido las puede tomar sin ninguna consulta con Costa Rica”, dijo, satisfecho el representante nicaragüense en La Haya, Carlos Argüello.
Carlos Granados, geógrafo y gran conocer de los conflictos fronterizos, señaló que el fallo es una oportunidad para iniciar un programa conjunto de combate a la pobreza, de desnutrición y de deterioro ambiental en la región.
“Abre una nueva fase en las relaciones bilaterales”, afirmó.
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