Existe la decisión política de normar sobre un tema de vital importancia, declaró el Diputado Nacional, Juan Mario PAIS (FpV/PJ-Chubut). Tras la última reunión de Asesores de la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios, que preside el Diputado chubutense.
PROBLEMÁTICA MUNDIAL
Ante la existencia de una firma de origen Norteamericano (Miami) -Makhena SA-, y sucursal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que ha promocionado la venta de agua dulce a países del continente africano, extraída del Río Paraná, en las costas de la Provincia de Santa Fe, por indicación del Presidente de la Comisión de Intereses Marítimos de la Cámara Baja, se avanza en el análisis de diversas iniciativas que propenden prohibir la comercialización de este vital elemento para la vida con fines de exportación.
Desde hace varios años se ha concluido en el análisis que “uno de los grandes problemas naturales que afrontará la humanidad en los próximos años es la falta de agua dulce” 1., y atento a la difusión, a través de medios de alcance nacional de la venta de agua a granel, extraída del Río Paraná –en el mes de noviembre de 2008-, una vez iniciado el período parlamentario 2009 el Diputado PAIS dispuso que se avance con un pormenorizado análisis de este tema bajo la firme convicción que “es dable legislar sobre la materia para regular y preservar del trato al agua como una mercancía sujeta al comercio internacional como cualquier otro bien, ello por la importancia que representa, no solo para la vida en todas sus formas, sino que para el desarrollo de las actividades productivas sean estas industriales como agropecuarias”.
COMPLEJIDAD DE LA LEGISLACIÓN
Por otra parte, agregó el Diputado chubutense que “legislar sobre este tema es muy sensible y complejo debido a la diversidad de competencias en la materia, pues sin duda el recurso natural como tal es del dominio de los estados provinciales y como tal también tienen responsabilidad primaria y competencia para la regulación de uso, sin perjuicio de lo cual existe legislación federal en la materia a través de los presupuestos mínimos, y también debemos tener presente que como en el caso del Río Paraná, estamos en presencia de un curso de agua interjurisdiccional, en donde el Estado nacional tiene competencia para regular la navegación, entre otros aspectos. A todo ello, debemos sumarle la existencia de una multiplicidad de actores involucrados en la materia, en especial en lo que respecta a derechos adquiridos sobre el uso y disponibilidad del recurso otorgado por las jurisdicciones locales, mientras que el Estado nacional, por otra parte, debe velar por la protección general de este recurso, de ahí la complejidad de su tratamiento.”.
Fuente - Prensa del Diputado - Juan M. PAIS |
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