El ministro de la Producción, Jaime Álvarez, se reunió con los diputados Jorge Arabel, de El Calafate y Alejandro Victoria, de Puerto Santa Cruz, a los efectos de informarles sobre los avances en los procesos licitatorios tendientes a la construcción del Complejo hidroeléctrico Cóndor Cliff-La Barrancosa, sobre el río Santa Cruz.
En ese sentido, a través del Decreto 1979 del corriente año, el Gobernador Daniel Peralta designó como responsable por la Provincia al Ministerio de la Producción, a través de la Dirección Provincial del Programa Provincial de Desarrollo Productivo Valles Santacruceños, a los efectos de realizar las acciones tendientes a proseguir los trámites licitatorios para el desarrollo hidroeléctrico del río Santa Cruz.
A tales efectos, se creó un equipo de trabajo que está conformado tanto por equipos técnicos del Ministerio de la Producción, quienes junto a la Subsecretaría de Coordinación y Control y Gestión del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, están evaluando las ofertas presentadas de los dos consorcios empresarios que en la actualidad compiten para llevar adelante esta mega obra de infraestructura eléctrica.
Sobre los consorcios, se informó que están conformados por Corporación América S.A.-Industrias Metalúrgicas Pescarmona S.A. – Construcoes e Comercio Camargo Correa S.A., por un lado, y por otro Electroingeniería S.A.-I.E.C.S.A.-José Cartellone Construcciones Civiles S.A.
Respecto del proceso de selección del consorcio de empresas, se aclaró oportunamente que se trató de un llamado de manifestación de interés para la construcción, financiamiento y operación del Complejo Hidroeléctrico, el que contiene la Ejecución del Proyecto Ejecutivo y de Detalle; Construcción de las obras civiles; Fabricación; Transporte y Montaje del Equipamiento Hidro y Electromecánico; Provisión de materiales y Construcción de la Línea de transmisión; Operación y mantenimiento; y financiamiento para su ejecución.
De acuerdo a la Ley Provincial Nº 1.451, se indicó que “la explotación de la energía hidráulica no podrá ser objeto de una concesión a empresas privadas ni a particulares, correspondiendo dicha misión a los organismos competentes del Estado Provincial. El Poder Ejecutivo Provincial, cuando las circunstancias lo hagan aconsejable, podrá delegar en los municipios y comisiones de fomento la explotación de esta fuente de energía; o celebrar convenios en tal sentido, con organismos nacionales”. |
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