La Municipalidad de Luján, a través de la Dirección de Servicios Sanitarios, recuerda a la comunidad que sigue en vigencia la ordenanza Nª 1381, del año 1977, donde se establece que el lavado de aceras se puede efectuar únicamente los martes y viernes de 4 a 10.
También está prohibido el uso de mangueras para limpiar las veredas (salvo autorización expresa de las autoridades comunales). Tampoco se pueden utilizar detergentes, productos clorados, alcalinos o de cualquier otro tipo que pudieran ocasionar daños al pavimento.
A excepción del agua de lluvia, no se debe arrojar a la vía pública líquidos de cualquier naturaleza proveniente del interior de los inmuebles.
Otra prohibición: no arrojar a la calzada, terrenos baldíos y/o mantener en el interior de las viviendas comercios, terrenos o patios de los mismos basuras, residuos, desperdicios, estiércol, aguas corrompidas o materias que puedan causar molestias al vecindario o constituir un peligro para la seguridad publica.
Las transgresiones a estas disposiciones serán sancionadas con multas que se graduarán de acuerdo a la gravedad o reincidencia de la falta cometida.
Si se tratara de un comercio o industria podrá llegarse hasta la clausura.
Fuente: Dirección de Prensa Municipal de Luján |
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