La provincia se convirtió ayer en la primera en la Argentina en contar con una herramienta legal que prohíbe la venta al exterior de agua dulce o potable.
Con la sanción definitiva del Senado santafesino de un proyecto de ley que ya había obtenido luz verde en Diputados, se prohíbe como norma general en territorio provincial "la comercialización de agua dulce o potable a granel y sin tratamiento o proceso de ningún tipo, obtenida de fuentes agotables superficiales o subterráneas". La veda apunta al agua de dominio originario de la provincia conforme a las normas constitucionales "que implique directa o indirectamente su exportación".
La ley, de autoría del senador justicialista Ricardo Kaufmann, reconoce sólo dos excepciones, cuando se justifique la comercialización al exterior por razones humanitarias o de emergencia o la ejecución de convenios suscriptos con la Nación, otras provincias, regiones, estados u organismos internacionales".
El ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente quedará facultado como autoridad de aplicación de la ley, cuyo texto establece sanciones a la violación de sus disposiciones que consistirán en multas cuyo valor oscilará entre 1,5 millón y 150 millones de módulos tributarios conforme a la graduación del daño ambiental provocado por la venta ilegal y el monto involucrado en la transacción.
Además en los supuestos autorizados para la comercialización de agua dulce el vendedor deberá abonar un canon por el volumen en metros cúbicos comercializados similar al fijado por el gobierno nacional para actos de igual naturaleza.
Kaufmann señaló al resaltar la trascendencia de su iniciativa que se trata del primer régimen legal en esta materia aprobado en el país y que otras provincias argentinas, como el caso de la vecina Entre Ríos, aguardaban su sanción a los fines de equiparar su legislación.
Foto: Archivo Programa Infoagua
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