Ayer, en el Boletín Oficial de la República Argentina, se publicó el Decreto Nacional 1712/09 a través del cual se reglamentó la Ley 26.509, que crea el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios. Así lo informó el Ministerio de Producción de Río Negro. En su artículo 5, este decreto faculta al Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca a “declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, o prorrogar, en su caso, los consecuentes beneficios, de aquellas jurisdicciones provinciales que a la fecha de la sanción de la Ley Nº 26.509, contasen con los decretos provinciales de declaración de emergencia y/o desastre en el marco de la Ley Nº 22.913”.
En Río Negro se encuentra vigente la Ley Provincial 4313 donde se declara el estado de desastre agropecuario por sequía a distintos departamentos de la provincia. Esta misma Ley establece que los productores afectados se encuentran exentos del pago del Impuesto Inmobiliario, Patente Automotor y del Impuesto de Sellos a las operaciones crediticias de refinanciación vinculadas a la actividad agropecuaria.
De esta forma, desde el Ministerio de Producción se comenzarán a realizar las gestiones necesarias para homologar esta declaración de desastre a nivel nacional con el objetivo de que nuestros productores comiencen a gozar de los beneficios económicos y fiscales que se establecen en la Ley 26.509.
Cabe señalar que la homologación que realice el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca nacional regirá a partir del 15 de abril de 2009, fecha en la cual concluyó la anterior prorroga otorgada por la Nación en el marco de la ya no existente Ley 22.913 que establecía el Régimen de Emergencia o Desastre Agropecuario.
Fuente: Prensa – Gobierno de la Provincia de Río Negro
|
|
|