Dos epidemias (cólera, en 1867, y fiebre amarilla, cuatro años después) causantes de centenares de víctimas fatales en la Gran Aldea que aún era Buenos Aires por entonces, fueron determinantes de iniciativas que condujeron a lo que, considerando la amplitud de la perspectiva a que dieron lugar, bien puede ser tomado como ejemplo de política de Estado. En el caso, dirigida a la salvaguarda, en el tiempo y abarcadoramente, de la salud pública.
Más allá de eventual encuadre político-sociológico sobre la época y las condiciones de vida de mayorías libradas a su suerte, y aún de razones de corte economicista que pudieran contextualizarse, lo cierto es que las medidas sentaron las bases de una construcción sanitaria que, con acento en lo preventivo, llegaría a ser pionera en Latinoamérica. Agua potable y saneamiento como condicionantes rectores subsistentes en el tiempo. La salud pública como dominante razón de Estado. En suma, política de un Estado soberano.
En tal sentido, es obligado remitirse a los fundamentos legales del proceso instrumental de la política en cuestión, de alcance nacional.
El primer paso fue dado a través de la ley N° 2927, del 30 de diciembre de 1892, que crea la Comisión de Obras de Salubridad, responsable del saneamiento urbano, en relación con la problemática que afectaba a la ciudad de Buenos Aires. A esta normativa siguió, conformado ya, en 1909, el primer plan nacional de saneamiento, la ley N° 8889, del 18 de julio de 1912, que da origen al organismo denominado Obras Sanitarias de la Nación (OSN), en reemplazo del anteriormente mencionado, y cuya finalidad era "la provisión de agua potable para uso doméstico".
La ley autorizaba al Directorio de OSN a "convenir con los gobiernos de Provincia, `ad referendumï del Congreso de la Nación, el estudio, construcción y administración" de obras con igual propósito "en las ciudades, pueblos y colonias de la Nación".
RAFAELA Y LA LEY CANDIOTI
Rafaela fue una de las poblaciones provinciales beneficiadas por la Ley Nacional 10.998, conocida como "Ley Candioti", que dio forma concreta a los fines de la legislación mencionada. Marcial Rafael Candioti, ingeniero santafesino que presidió hasta 1924 el directorio de OSN, fue el autor de la iniciativa aprobada por ambas cámaras del Congreso en octubre de 1919.
Con eje en un plan centralizado, la ley autorizaba al Poder Ejecutivo Nacional, en definitiva y por intermedio de OSN, a dotar de obras de provisión de agua corriente y cloacas a las ciudades de la República que tuvieran más de 8.000 habitantes en planta urbana, y de agua solamente a las de más de 3.000. El orden de prioridad de los proyectos lo establecería la cantidad de población y urgencias derivadas de cuestiones higiénicas.
En lo que respecta a nuestra ciudad, el primer paso fue dado por la Provincia en 1920, al incorporarse a los beneficios de la ley 10.998.
Al año siguiente se iniciaron los estudios previos y el posterior proyecto. Aprobado este por decretos de la Provincia y la Nación (22 de junio y 27 de agosto, respectivamente), las obras previstas se licitaron en 1927 y concluyeron en 1930, no obstante lo cual la provisión de agua potable sufrió una demora de seis años, habilitándose el servicio a principios de 1937.
Al igual de lo ocurrido en otras localidades santafesinas, la demora obedeció a la falta de aprobación de las tarifas por los municipios.
Superado el problema al comenzar a regir lo dispuesto por la ley nacional 12.140, relativa al régimen tarifario para la Capital Federal, la planta inició formalmente sus actividades ese año, fijándose como fecha de iniciación del pago del servicio el 1 de enero de 1942.
EL ESTADO Y LOS INTERESES GENERALES
Las referencias anteriores no tienen otra intención que destacar hechos liminares en cuestiones tan sensibles y fundamentales como lo son, fuera de toda duda, la preservación de la salud pública y el rol del Estado en relación con ésta, para el caso abordado. Concretamente, la presencia de un Estado con real poder soberano para intervenir y decidir políticas considerando los tutelados intereses superiores de la Nación y la ciudadanía, a los que por naturaleza deberían sujetarse los gobiernos a cargo de aquel. Sin afectar, es claro, libertades y derechos constitucionales, ni acudiendo al uso de los resortes del poder y de los fondos públicos para provechos individuales y/o sectoriales.
La experiencia argentina es terminante sobre las consecuencias de procesos políticos que provocaron sucesivas crisis determinantes de la decadencia que nos agobia, oscilando entre estados superdimensionados y conceptualmente rígidos, por un lado, y otros cuya ausencia virtual y extremadamente concesiva posibilitó los excesos patentizados hoy en las muestras diversas de la falta de límites por inoperancia y/o corrupción. A la postre, una Nación en riesgo de disociación y anarquía.
¿PARA QUE SIRVEN LOS GOBIERNOS?
En una reseña sobre los servicios de saneamiento en la Argentina se menciona un hecho relacionado con la privatización de obras de agua y cloacas en Buenos Aires, dispuesta bajo el gobierno de Miguel Juárez Celman, al que se apodó "el burrito cordobés". Concuñado de Julio Argentino Roca, tomó tal decisión contra la opinión del tucumano, que era también la de muchos porteños.
No obstante lo cual la concesión se llevó adelante, quedando el contrato en manos de una compañía de origen británico, que enfrentó un conflicto por las tarifas que pretendía aplicar. Finalmente, y como se explica en la reseña citada, "por varias razones, la privatización terminó en un catastrófico fracaso y en un escándalo que instaba a reflexionar sobre las consecuencias para la soberanía nacional del otorgamiento de un servicio público a capitales extranjeros, además de cuestionar la falta de transparencia al momento de establecer el acuerdo".
Aunque resulte inevitable establecer cierto paralelismo con lo acontecido en Santa Fe con la ex Dipos, importa referirse a los conceptos de Roca tras el desastre. A estar de testimonios de diarios de la época, manifestó: "Yo aconsejé en contra pero no me hicieron caso. A estar por estas teorías (privatizadoras) de que los gobiernos no saben administrar llegaríamos a la supresión de todo gobierno por inútil y deberíamos poner bandera de remate a la aduana, al correo, el telégrafo, los puertos".
Las teorías que recusaba Roca volvieron en tiempos recientes. Como es de conocimiento público, los remezones de la experiencia vivida no se agotaron. Gravitan en la realidad de hoy con peso demoledor.
QUEDA UNA PREGUNTA
¿No tendrán nada que decir los gobernantes (pasados y presentes) de lo que fue el oficialismo santafesino durante casi un cuarto de siglo?
Desde los ocupantes de la Casa Gris hasta los que, ya legisladores o intendentes y concejales, avalaron sin reservas la privatización de los servicios a una empresa extranjera y "bancaron" los resultados hasta el final. Quede abierto el interrogante.
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