El Gobierno formalizó hoy la declaración de Emergencia o Desastre Agropecuaria en trece provincias con la publicación de las resoluciones en el Boletín Oficial, pero aún falta la reglamentación de la ley y que los bancos públicos y la AFIP instrumenten los beneficios.
El Poder Ejecutivo declaró el "estado de emergencia y/o desastre agropecuario" en trece provincias, debido a la sequía, granizo y otras inclemencias climáticas.
La medida permitirá el acceso a asistencia financiera por parte de los productores afectados y en algunos casos sería prorrogada, según deslizaron voceros del ministerio.
Otro de los beneficios contemplados es la posibilidad por parte de la AFIP de suspender hasta el próximo ciclo productivo, después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados.
También se determina la posibilidad de congelar los juicios en trámite.
Tales beneficios –en caso de ser efectivizados– podrán ser aplicados en función de las fechas de emergencia declaradas en cada caso.
En Mendoza el período de la declaración se extiende desde el 12 de octubre de 2008 hasta el 31 de marzo de 2010, pero en Córdoba la medida rige desde el 26 de agosto de 2008 hasta el 26 de febrero de 2009.
Mientras que en Buenos Aires el período de declaración de la emergencia se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de julio de 2009, en Santa Fe la medida rige desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2009 y en La Pampa desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2009.
Los productores agropecuarios comprendidos en la resolución podrán gozar de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509, respectivamente.
Las publicaciones de hoy en el Boletín Oficial tienen origen en el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
La medida comprende a las provincias de Mendoza, Córdoba, Salta, San Juan, Buenos Aires, Santa Fe, Catamarca, Santiago del Estero, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, La Pampa y Corrientes.
En Mendoza se declaró la emergencia agropecuaria por granizo; en Santa Fe, Catamarca, La Pampa y Río Negro, por sequía.
El estado de emergencia y/o desastre agropecuario rige en las provincias de Córdoba por sequía, Salta debido al granizo, San Juan por lluvias, Buenos Aires, Santa Cruz y Corrientes por sequía, Santiago del Estero, sequía y heladas y Chubut, heladas.
A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509 (Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios), los productores deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia.
En los mismos deberá constar si sus "predios o explotaciones" se encuentran afectados en un 50 por ciento de su producción, en los casos de emergencia y en un 80 por ciento en las zonas de desastre.
Estos artículos expresan que una vez declarado el estado de emergencia agropecuaria o desastre, el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios podrá brindar asistencia financiera especial para productores damnificados.
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