El agua dulce, dada su escasez en el planeta (3% del total), asoma como el mayor foco de conflicto geopolítico del siglo XXI. En nuestro país, con dirigentes despreocupadas por los recursos naturales, no existen leyes nacionales que cuiden este insumo vital y sólo hay un resguardo jurídico a nivel provincial en Santa Fe.
De acuerdo a una denuncia realizada por el senador Ricardo Kaufmann de San Javier (provincia de Santa Fe) y la ONG ecologista SOS Río Paraná, buques extranjeros sacaron grandes cantidades de agua del río Paraná para luego comercializarla a países de Medio Oriente, Africa y Europa.
Según afirmaron los denunciantes el modus operandi fue el siguiente: el agua del litoral argentino fue llevada en el lastre de los barcos. El lastrado es una técnica que consiste en la toma directa de agua del entorno en el que se encuentra el buque para la inundación total o parcial de sus depósitos con el objetivo de mantenerlo equilibrado. Según los denunciantes, este operativo se lleva a cabo luego de la descarga de mercadería en puerto argentino. La carga de agua dulce fue puesta a la venta en países donde luego la potabilizaron.
Según dijeron, la sustracción se realizó en ese río porque está menos contaminado que el Río de la Plata. Según trascendió, una empresa con sede en Miami y sucursal en Buenos Aires es la encargada de comercializar al exterior agua dulce, cruda y sin tratamiento, originada en los ríos de la llanura argentina.
Las cantidades oscilan entre las 60.000 y 70.000 toneladas por envío y su utilización es para potabilización, consumo o riego. Este turbio negocio implicaría una rentabilidad altísima, ya que obtienen un recurso barato e insustituible que presenta una escasez manifiesta en todo el planeta.
Según afirman fuentes periodísticas, en Medio Oriente se pagan hasta 2 millones de dólares por las 70 mil toneladas de agua de río que puede llevar un buque en sus bodegas. Un promedio de 28 dólares por cada tonelada de agua cruda apta para potabilizar.
Consultada por Hoy María Cristina Claps, subdirectora del Intitulo de Limología de La Plata (ILTLA), afirmó que “el Gobierno debe tomar mayores recaudos para el control del agua, ya que no es un recurso infinito. En muchos casos no es renovable y resulta muy difícil de recuperar debido a la contaminación. Cada uno en su hogar debe estar enterado de que el litro de agua que sale por su canilla vuelve al sistema y el hombre nunca devuelve el agua tal cual estaba. Hay que medir la cantidad de desechos contaminantes que tiramos cotidianamente como aceites y detergentes, entre otros”.
La pionera
Por el momento no hay ninguna ley nacional que evite el tráfico de agua dulce, y según los denunciantes estos barcos extranjeros cargan el preciado líquido a la vista de todo el mundo y en las propias narices de la prefectura naval Argentina.
A nivel provincial la cosa es diferente, a partir de la iniciativa del senador Kaufmann para regular el envío al extranjero de agua dulce o potable desde la provincia.
El 12 de noviembre último, la legislatura santafesina sancionó la ley que prohíbe la comercialización de agua dulce a granel, potabilizada o no, cuyo fin sea su exportación.
Santa Fe es la primera provincia Argentina en legislar sobre esta materia. Esta medida implica la protección sobre los recursos hídricos como bienes sobre los que la provincia debe asegurar su custodia.
Sorprende que en un país azotado por situaciones de emergencia hídrica en vastas regiones, debido a la sequía y la desertificación de los suelos, no se aborden políticas firmes para la protección de un elemento fundamental para la vida y un recurso estratégico a nivel planetario. A su vez este tema tiene una profunda importancia en la provincia de Santa Fe, donde el 40 por ciento de su superficie tiene napas con agua no aptas para el consumo humano.
Directivos de la empresa acusada dijeron que la dirección de Recursos Hídricos de la Nación les cobra un canon por la cantidad de toneladas operadas, con un arancel variable que implicaría el 10 por ciento del valor del producto. La compañía ya habría operado en este negocio entre 1983 y 1987, pero lo desactivó debido al encarecimiento de los costos.
Patrimonio local
Según se estima, la Argentina dispone de 22.000 metros cúbicos por habitante al año, pero esta abundante cantidad de agua está mal distribuida, ya que dos tercios del territorio es árido o semi árido.
Claps afirmó que “el recurso no es infinito, el hombre consume mucha agua y su recuperación también depende del clima. Su cuidado no debe ser sólo a nivel mundial, sino adentro del país. En la Argentina hay sectores semidesérticos, como la Patagonia extrandina, Mendoza y Neuquén, en esas regiones hay más conciencia y cuidado del agua a diferencia de la provincia de Buenos Aires, donde hay más abundancia del recurso y despilfarro. Las autoridades deberían alertar más sobre esta cuestión”.
Con respecto a la presencia en aguas argentinas de buques foráneos, la especialista en ecología sobre ambientes acuáticos no desestimó las denuncias, pero dijo que “el río Paraná es uno de los más importantes del mundo, su caudal es tan grande que no creo que se modifique su identidad. Hay que tener mayor cuidado con las napas subterráneas y con los glaciares. Estos se pueden agotar más rápidamente debido a las condiciones climáticas (en el caso de los glaciares) y por el alto consumo del hombre (en cuanto a las napas subterráneas)” .
Constitución
Teniendo en cuenta la sanción de ley en Santa Fe para la protección de los recursos hídricos de la zona, es importante recordar el artículo 124 de la Constitución Nacional, el cual dice: “Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social, y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación, con conocimiento del Congreso Nacional.
La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”.
|
|
|