La Municipalidad de Luján comunica que, a través del decreto Nº 1685, se decreta la “emergencia hídrica en todo el Partido de Luján, ante posibles inundaciones y por el plazo de 264 horas, a partir de la cero hora del día 29 de diciembre de 2009, prorrogable hasta superado el alerta imperante”.
El siguiente es el texto completo de la normativa:
VISTO: El expediente 4069-08724/2009; en atención al temporal que azotó la región noroeste de la Provincia de Buenos Aires en las zonas de influencia de la cuenca del Río Luján, y teniendo en cuenta las consecuencias derivadas del mismo, y;
CONSIDERANDO:
Que, las características extraordinarias del hecho y las graves consecuencias devenidas sobre parte de la ciudadanía demanda de éste Departamento Ejecutivo, conforme sus facultades reglamentarias y potestades públicas, la adopción de medidas urgentes, razonables y proporcionales a la circunstancia de crisis;
Que, ante una situación de crisis, es imprescindible que el Municipio, en el marco de sus facultades, arbitre todos los medios necesarios tendientes a beneficiar y proteger los intereses socioeconómicos de nuestra comunidad;
Que, es deber del Municipio velar por la Seguridad Pública;
Que, se impone atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos extraordinarios que pudieren ser consecuencia de inundaciones y anegamientos en distintas zonas del partido;
Que resulta imprescindible disponer de fondos suficientes para enfrentar la grave emergencia, que afectó en forma directa a muchas familias;
Que, en concordancia con lo precitado, el artículo 108 inc. 16º de la L.O.M. faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar medidas preventivas en salvaguarda de los derechos a la vida y a la salud de la población en su conjunto. Asimismo el artículo 119 del mismo ordenamiento, en su inc. b), faculta al Departamento Ejecutivo a adoptar medidas de extrema urgencia en materia de compras y gastos para paliar situaciones de ésta índole;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Declárase, ad referendum de la pertinente convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante, el estado de emergencia hídrica en todo el Partido de Luján, ante posibles inundaciones y por el plazo de 264 horas, a partir de la cero hora del día 29 de diciembre de 2009, prorrogable hasta superado el alerta imperante.------
Artículo 2º.- Regístrese, tomen conocimiento y dese amplia publicidad en los medios locales, notifíquese, publíquese y archívese
Fuente - Dirección de Prensa Municipal del Partido de Luján |
|
|