Las habilidades de la diplomacia de La Moneda y la ingenuidad infantil de la boliviana han llevado el asunto de las aguas del Silala al grado del absurdo (reductio ad absurdum) y por tanto a la máxima confusión, naturalmente con el fin de beneficiar exclusivamente al país vecino. Además, en ese sentido, el debate sobre el asunto ha sido llevado al terreno de los asuntos sin importancia y se ha dejado en el olvido lo principal. Se discute si las aguas del Silala son de un río, un manantial, un canal, una acequia y otros conceptos técnicos, pero no se toca, ni mucho menos, el asunto de quién es el propietario de esas aguas y, en esa forma, se hace lo posible por perjudicar a Bolivia.
Esa forma de tratamiento del asunto ha convertido el debate en una discusión bizantina dirigida a crear una confusión enmarañada que termine creando la convicción pública de que dichas aguas son propiedad compartida entre Bolivia y Chile y que, por tanto, no existiría la deuda histórica y el vecino sólo nos pagaría por la mitad de las aguas que se lleva a su territorio. En esa trampa habría caído la Cancillería boliviana con el anzuelo de “solidaridad socialista”, “diplomacia de los pueblos”, “ambiente de confianza” y otras lindezas y hasta con la añagaza de que las aguas del Silala forman un río y se trata de aguas internacionales de curso sucesivo.
Pero (y este es un pero muy importante), el asunto central de la cuestión es la propiedad de las aguas de ese lugar, asunto que soslayan proponer y estudiar las dos cancillerías y que no se toca ni por aproximación en las negociaciones bilaterales “de Estado a Estado” y menos se incluye en los proyectos de Acuerdo, estudios que se realizan entre gallos y media noche y sobre los que se toma decisiones arbitrarias. Al respecto se debe remarcar con rojo que las aguas del Silala son de exclusiva propiedad de Bolivia y en esa propiedad nada tiene que ver Chile. Por tanto nada hay que discutir ni negociar y mucho menos de “Estado a Estado”, como se está procediendo al presente con esa riqueza natural.
La demostración objetiva e irrefutable de que las aguas del Silala son bolivianas se encuentra en el principio universal que establece que la propiedad de las aguas superficiales subterráneas o de cualquier naturaleza es propiedad del dueño de la tierra y, en este caso, sin lugar a la menor sombra de duda, las aguas del Silala son bolivianas porque nacen y se encuentran en territorio boliviano.
Otra cosa es que los chilenos hubiesen canalizado esas aguas corriente abajo, hubiesen ampliado los canales del manantial y aumentado su caudal, etc., aspectos que confirman que, con esos trabajos. Chile se apodera y utiliza aguas ajenas y además las vende sin reportar beneficio a sus propietarios, los bolivianos desde hace cien años.
De acuerdo con dicho principio universal, la propiedad del total de las aguas del Silala es de Bolivia y este su propietario puede hacer con ellas lo que mejor le convenga. Ese principio está respaldado por la Constitución vigente, estatuto que hace indiscutible cualquier argumento al respecto. En ese sentido, se cita el Artículo 349 de esa Ley de leyes que determina: “los recursos naturales (agua, aire, suelo y subsuelo) son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano... y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo”.
En síntesis, las aguas del Silala son propiedad del pueblo boliviano y el Estado es su mero administrador, cuidador, policía de esa propiedad y no puede enajenarla, pues en caso de hacerlo cometería el delito de hurto agravado y enseguida estelionato. Se suman a ese principio constitucional los artículos 348, 352, 358, 373, 374, 376, 377 y otros. Sólo queda reiterar que las aguas del Silala (al igual que las del Lauca) son de propiedad de Bolivia y esa propiedad es indiscutible. En este sentido, cualquier negociación “de Estado a Estado” sobre dichas aguas constituye una violación constitucional tipificada por el Artículo 124 de la misma.
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