El defensor del pueblo de Quilmes, José Estevao, en conferencia de prensa -acompañado por sus colaboradores- detalló los pasos que se han venido dando en el caso de la papelera de Bernal, Smurfit Kappa, en cuanto a las denuncias de contaminación y ruidos molestos que pesan sobre la firma, y reclamó que el Municipio se ponga "los pantalones largos" para cumplir con las normas vigentes.
Así, hizo un detallado informe, partiendo de las denuncias presentadas por los vecinos Fabián Invernisi y Alejandro Petrof, informando de los trámites judiciales y de lo que tendrá que hacer la firma.
En materia judicial, en el ámbito civil y comercial, recordó una sanción pecuniaria contra la empresa dictada por la Cámara ante la acción de un matrimonio por perjuicios de salud física y moral. En primera instancia el monto era de 140 mil pesos y por apelación de las partes, la Cámara ratificó el fallo y duplicó el monto. "La Cámara hace algunas apreciaciones en cuanto a que más vecinos deberían presentarse porque el daño está bien comprobado".
Mencionó también la decisión de la Justicia en lo contencioso administrativo "que es muy importante. La empresa se presentó solicitando una medida cautelar porque no se quiere acoger a la nueva rezonificación dictada por el Municipio en el año 2006 y el decreto del 2007, que fija la zona donde está la papelera como residencial mixta. Ellos alegan derechos adquiridos y quieren mantener el lugar como zona industrial, pero el fallo es bien claro, no le da lugar, pero la empresa se desnuda totalmente y dice que así tiene que cerrar sus instalaciones y que no puede seguir trabajando. Al estar en una zona que el propio municipio califica como tercera es una zona peligrosa para la salubridad y la higiene de la población, y en virtud de ello tiene que pedir en Provincia un certificado de aptitud ambiental. Dicho certificado, por esta categoría de industria, tiene una vigencia de dos años. El certificado con el que está trabajando la empresa está vencido, porque lo presentó en 2000 y venció en 2002. Como hay denuncias, nosotros consideramos que no se lo aprobaron y por esta normativa no puede trabajar, porque la normativa de la rezonificación fija la zona donde está la empresa como residencial mixta. Entonces, el juez Guarnieri señala clara y firmemente que los derechos adquiridos que manifiesta la empresa no pueden estar por encima de los derechos de orden público. En el Juzgado Civil y Comercial se señala con claridad el daño que producen. El Municipio tiene que estar reglamentando esto porque es el que tiene la potestad, según la Carta Orgánica de las Municipalidades".
Sobre los pasos a seguir, el funcionario reconoció que "hay algunas dudas por el hecho de que la empresa dice que en el caso del certificado de aptitud ambiental, si no lo recibe tendrá que cerrar sus puertas porque no puede seguir trabajando. Vamos a mandar un oficio al Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible para que nos digan en qué condiciones de papeles está la empresa. Vamos a actualizar la información de los certificados de la Autoridad del Agua. Ellos señalan en un informe de febrero que en los efluentes que llegan al Río de la Plata hay un 75 por ciento de sedimentación y subrayan, entre otros, elementos de fósforo. Son elementos muy contaminantes, porque no estamos hablando de una contaminación del 25 por ciento sino de un 75 por ciento. En el Juzgado Civil, por el fallo del juez Zappa, refrendado por la Cámara, está demostrado el daño y nosotros nos manejamos con esos datos".
Concluyó diciendo que "vamos a instar que la Municipalidad cumpla con lo que tiene que hacer para que determine si la empresa puede o no seguir trabajando. Nos parece que si pone por delante los derechos de los vecinos para una mejor salud y calidad de vida, es decir, si toma en cuenta lo señalado por la Justicia, la empresa tiene que radicarse en otro lugar".
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