En el marco de la Emergencia Hídrica que atraviesa la ciudad de Santa Fe, el Municipio intensificó el control de las ordenanzas vigentes sobre el arrojo de residuos en la vía pública. Para tal fin, se conformaron tres brigadas compuestas por personal de la Secretaría de Control, de la Dirección de Gestión del Riesgo y de la Subsecretaría de Medio Ambiente, que recorren la ciudad en doble turno para detectar el incumplimiento de las normas.
La importancia de la correcta disposición de los residuos radica en que en caso de lluvias de mediana o fuerte intensidad, las bolsas o escombros obstaculizan el normal escurrimiento del agua debido a que obstruyen bocas de tormenta, desagües, zanjas y canales. Por eso mismo, bajo el lema “Cambiemos la actitud”, actualmente se realiza una campaña en medios gráficos, radiales y televisivos para resaltar la importancia de un correcto tratamiento de los residuos.
Controles
Por otra parte, sólo durante los primeros catorce días de marzo, los agentes municipales confeccionaron 157 actas de infracción y 29 notificaciones sobre arrojo de residuos, escombros, materiales varios y ramas fuera de los horarios establecidos, o que superaron los volúmenes permitidos en las normativas vigentes.
El marco sancionatorio por el cual se labraron las actas de infracción están amparadas en la Ordenanza Nº 7882, que regula sobre arrojo de líquidos cloacales, pozos negros rebasando, arrojo de aguas servidas, ocupación de la vía pública con tierra, ramas y escombros, elaboración de mezclas en la vía pública, materiales de construcción en la vía pública, residuos depositados en horarios no autorizados y residuos arrojados en sitios no habilitados, entre otros.
Para tener en cuenta
Cabe recordar que las ordenanzas vigentes establecen que las empresas de recolección de residuos pueden recoger hasta un metro cúbico de basura (sean hojas, ramas, escombros o basura hogareña) puestas en bolsas de polietileno bien cerradas. Esta cantidad equivale aproximadamente a cuatro bolsas de consorcio llenas. En tanto, se solicita a los vecinos que respeten los días y horarios de recolección, y que en el caso de que haya alerta meteorológico, retiren de la vía pública todos los residuos que puedan obstruir los desagües.
Modificaciones
Las 157 infracciones verificadas entre el 1 y el 14 de marzo no se encuentran encuadradas todavía en el nuevo régimen de sanciones, que fueron actualizadas a través de la Ordenanza 11.666. La nueva norma, establece modificaciones fundamentalmente en los montos establecidos en la Ordenanza Nº 7882, que se encontraba notablemente desactualizada, ya que databa del año 1980.
A través de la Ordenanza Nº 11.666, el Concejo acordó las modificaciones a la 7.882 en sus artículos 21, 27, 62 bis y 69 bis. Por tal motivo, desde la promulgación de la norma, el arrojo o depósito en la vía pública de los enseres domésticos, desperdicios, residuos, escombros, tierra o materiales de construcción fuera de los días establecidos para la recolección de los mismos, se sanciona con multas desde $ 100 hasta $ 1.000 y/o clausura de hasta 90 días y/o comiso del material de infracción, montos que se quintuplican en caso de declaración de Emergencia Hídrica, tal como ocurre actualmente, por lo que las sanciones suben de 500 a 5.000 pesos.
En cuanto a los residuos domiciliarios, en caso de sacar la basura fuera del horario establecido en las normas pertinentes o la no utilización de los envases reglamentarios, las multas ascienden desde 50 hasta 500 pesos. Cabe aclarar que, los montos mencionados también se ven quintuplicados mientras esté vigente la Emergencia Hídrica (250 a 2.500 pesos).
Deterioro de las defensas
Las modificaciones en la normativa establecen además que la realización de acciones que tuvieran como resultado mediato o inmediato el deterioro, reducción y/o apertura de defensas contra las inundaciones y/o daño contra los mecanismos de extracción de agua será penado con una multa entre $ 100 y $ 3000, y demás sanciones previstas en el Código de Faltas, aunque los montos se quintuplican ($ 500 a $ 15.000) al estar vigente la Emergencia Hídrica en la ciudad.
Finalmente, la circulación con cualquier clase de vehículos en las calles de coronamiento de las defensas contra las inundaciones y en los taludes secos y húmedos de las mismas, salvo en los pases habilitados al efecto, se sancionará con multas de entre $ 300 y $ 3000 -suma que se quintuplica por la vigencia de la Emergencia Hídrica (1.500 a 15.000 pesos)- e inhabilitación de hasta 180 días para conducir.
En este último caso, se aclara que en caso de reincidencia, “el infractor no gozará de los beneficios del pago extrajudicial o voluntario y, sin perjuicio de la pena pecuniaria, la inhabilitación podrá ser definitiva”.
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