La legislatura rionegrina aprobó hoy un proyecto de comunicación elaborado por los parlamentarios de Sur que tiene por objeto acelerar los mecanismos para la construcción del segundo módulo de la Planta Depuradora de Efluentes cloacales de Bariloche.
El proyecto fue presentado por los parlamentarios Irma Haneck y Manuel Vázquez tiempo atrás y luego logró adhesiones de otros estamentos gubernamentales, debido a que resulta imperiosa la construcción del segundo módulo de la Planta Depuradora de
Efluentes Cloacales, como también la construcción del colector costanero.
Los legisladores de Sur vieron con agrado que el Poder Ejecutivo llame a licitación para dicha construcción, buscando de esta manera readecuar el funcionamiento de la Planta a las necesidades de la ciudad.
En la misma comunicación aprobada en la sesión legislativa incluyeron también la construcción del colector costanera “cuanto antes, para poder finalizar dichos trabajos en el transcurso de 2012”.
El pedido de Haneck y Vázquez surge por la preocupación de los Legisladores por los vertidos reiterados de efluentes al lago Nahuel Huapi, los cuales fueron de público conocimiento.
Los mismos ocurrieron por tareas de mantenimiento roturas, desperfectos o simples desbordamientos de la capacidad operativa en el tratamiento de los efluentes cloacales de la ciudad de San Carlos de Bariloche, lo que también inquietó a diversas organizaciones ambientalistas.
Desde la Cooperativa de Electricidad Bariloche, entidad que tiene a su cargo el tratamiento de efluentes por habérsele concesionado dicho servicio por un período de 30 años a partir del año 1994, se informa que a partir del proceso de Revisión Tarifaria Quinquenal Ordinaria de 2005 el DPA debe gestionar y administrar los recursos necesarios para la concreción de obras de expansión del servicio (Decreto 232/06); informándose asimismo que la infraestructura existente se encuentra trabajando al límite de su capacidad operativa, no pudiendo aceptar nuevas conexiones.
No cabe duda que ello implica no solamente un gravísimo riesgo ambiental, al dejar fuera del sistema a nuevas construcciones o emprendimientos habitacionales, sino que además atenta contra la política ecológica establecida por nuestra Constitución Provincial en su artículo 84 y viola las garantías de vivienda digna contenida en el artículo 14 y derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humando fijada por el artículo 41 de la Constitición Nacional.
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