La fiscal de Delitos Complejos Claudia Ríos decidió ayer archivar la causa por contaminación con mercurio de las aguas del canal Cacique Guaymallén y de dos plantas potabilizadoras de Obras Sanitarias. Luego de una larga investigación, que se acumuló en un expediente de 1.540 fojas, determinó que los niveles hallados de aquel metal líquido no representaban un peligro para la salud de la población, por lo que el hecho no constituye un delito.
Más allá de esta determinación judicial, ayer a las 14, Ríos les envió una copia certificada de la resolución al gobernador Celso Jaque y a la Fiscalía de Estado, para que los organismos competentes continúen la investigación y tomen las medidas pertinentes que deriven de ahí.
Para determinar que los valores hallados no constituyen un peligro para la salud de las personas, la fiscal especial se basó en varios informes de distintos organismos y en testimonios de especialistas. Uno de ellos fue el del director de Toxicología del Ministerio de Salud y ex titular de éste, Sergio Saracco. El profesional sostuvo que la cantidad hallada no era peligrosa y que para que esto fuera así debería darse una “bioacumulación en el organismo” durante un tiempo prolongado.
De esta manera, según explicó la fiscal especial, no se cumplió lo exigido por el artículo 200 del Código Penal y la ley nacional Nº24.051 de residuos peligrosos, por lo que no quedaba otra alternativa que archivar la causa y dejar todo en manos del Gobierno y los organismos competentes.
De todas maneras, los valores encontrados en el agua cruda –antes de ser procesada para su consumo– y en la potable son superiores a los fijados por el Ente Provincial del Agua y el Saneamiento (EPAS). En el primer caso, se encontraron hasta 8,5 microgramos de mercurio por litro de agua, cuando el máximo es de cinco microgramos. En el segundo, fueron hallados aproximadamente 11 microgramos por litro, cuando según el ente de control no debería excederse de 1 microgramo por litro de agua potable.
También se examinaron los niveles de mercurio en el suelo y en la atmósfera, lo cual arrojó valores que no representan un peligro para el organismo humano.
“A través de todas la pruebas incorporadas y conforme a todas las declaraciones, se determinó que el valor hallado no pone en peligro la salud de las personas, por lo cual el hecho no constituye un delito”, ratificó Ríos, y explicó que, al no adecuarse a una figura penal, no quedaba otra opción que emitir un dictamen de archivo.
A su vez, dejó en claro que ahora queda abierta la vía civil y que a partir de este momento serán los organismos oficiales los que deberán determinar las responsabilidades, pues “no es normal hallar mercurio en el agua”.
Gran repercusión pública
El hecho que fue investigado por Ríos salió a la luz el 16 de abril pasado y derivó en la inhabilitación comercial y la suspensión preventiva de la firma Keghart SA, fábrica de cloro, lavandina y soda cáustica acusada de ser la responsable del derrame del peligroso metal líquido.
La contaminación generó una psicosis en la población, que salió en masa a comprar agua envasada a los súper. A su vez, se dispuso cortar el suministro en varios puntos del Gran Mendoza, el cual fue retornando paulatinamente con el correr de los días.
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