Los gobernadores de las provincias de La Rioja, Salta, Jujuy, San Juan, Río Negro, Neuquén y Catamarca reafirmaron ayer las competencias provinciales en materia de cuidado ambiental.
Lo hicieron en una reunión llevada a cabo ayer al mediodía, en la ciudad autónoma de Buenos Aires, donde firmaron un documento que habla de la necesidad de proteger los glaciares existentes en los territorios provinciales, y en el que adelantaron que el resto de las provincias cordilleranas firmarán el acuerdo en los próximos días.
El documento se basa en el ejercicio de competencias previstas en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en los términos del artículo 12 de la Ley N° 25675, y como normativa provincial complementaria más gravosa del sistema de evaluación de impacto ambiental previo, previsto como presupuesto mínimo en la Ley General del Ambiente N° 25675.
Asimismo diagramaron un modelo de proyecto de ley provincial de protección de glaciares que los mencionados Estados impulsarán en sus respectivas legislaturas.
Argumentos
En el documento los mandatarios expresaron que de conformidad al artículo 124 de la Constitución Nacional, todos los recursos naturales, incluidos los glaciares, son de domino de aquella provincia en cuyo territorio se encuentran.
Los gobiernos expresaron su compromiso con la protección del medio ambiente existente en cada uno de sus territorios, siendo el federalismo un sistema político de distribución territorial de las competencias que permite resolver con eficacia las cuestiones ambientales particulares y verificables en los territorios de cada una de dichas provincias.
También consideraron que resultaba imprescindible la protección de aquellos glaciares existentes en sus territorios, que cumplan funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos o como proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas.
Por ello acordaron la necesidad de su preservación como tales, todo ello en el marco de un adecuado y equilibrado desarrollo sustentable que permita que las actividades productivas y de servicios puedan satisfacer las necesidades y el desarrollo económico de dichas provincias sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras, proveyendo así al derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo y crecimiento humano presente y futuro.
Registro
El documento indica que cada una de esas provincias se encargará de identificar y caracterizar los glaciares existentes en cada uno de los territorios, para incluirlos en los inventarios provinciales de glaciares que se confeccionarán a esos especiales efectos.
Asimismo indica que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental y a las provincias las necesarias para complementarlas sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Las provincias signatarias recalcaron que en virtud de ello, el establecimiento de presupuestos mínimos ambientales por parte de la Nación, debe limitarse a fijar legislación de base quedando como competencia de las provincias las atribuciones de legislar por encima de ello y establecer parámetros ambientales más rigurosos de acuerdo a su especial situación.
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