Además de la intimación del magistrado para que se dicte un reglamento que fije plazos concretos de esos procedimientos, Armella requirió a la Autoridad de Cuenca, a publicitar el eventual acto administrativo de declaración de agente contaminante de la empresa que resulte implicada, el resultado de los programas de reconversión industrial analizados y cualquier otro acto dictado en consecuencia de los nuevos procesos que fueran creados.
La intimación del Juez surgió a partir de un caso, en donde desde la toma de muestras en el control a una empresa y hasta la elevación de las actuaciones a la dirección correspondiente transcurrieron más de seis meses.
“Evidenciando una clara deficiencia en los plazos del proceso interno para el dictado de las declaraciones de agente contaminante, y consecuentemente un retraso en las presentaciones de los Programas de Reconversión Industrial… cuyo fin último es mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca y recomponer el ambiente en todos sus componentes (agua, aire y suelos), previniendo los eventuales daños que la actividad pudiere generar”, aseguró el magistrado.
Con la fijación de plazos concretos se busca, según Armella, un rápido y eficaz dictado de los actos administrativos de declaración de agentes contaminantes en los procesos creados a los fines del control industrial, evitándose así que se repita una situación “irregular” como la ocurrida en aquel caso.
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