Un proyecto de protección de los glaciares remitido por el Poder Ejecutivo, fue transformado en ley, tras recibir tratamiento sobre tablas, durante la sesión ordinaria que la Legislatura de la Provincia celebró el jueves por la noche.
El instrumento fue concebido para garantizar y proteger la titularidad de los recursos naturales de nuestra provincia, como así también evitar que el Congreso de la Nación afecte facultades delegadas.
Cabe recordar, que mandatarios provinciales establecieron puntos en común respecto de los glaciares.
En este marco, suscribieron un documento que expresa que “en pleno ejercicio del federalismo y en uso de facultades, competencias y jurisdicciones las provincias cordilleranas se encuentran comprometidas con la protección del medio ambiente existente en cada uno de sus territorios, siendo el federalismo un sistema político de distribución territorial de las competencias que permite resolver con eficacia las cuestiones ambientales particulares y verificables en los territorios de cada una de dichas provincias”.
Resalta, además, que “resulta imprescindible la protección de aquellos glaciares existentes en nuestros territorios, que cumplan funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos o como proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas y por tanto acordamos en la necesidad de su preservación como tales, todo ello en el marco de un adecuado y equilibrado desarrollo sustentable, que permita que las actividades productivas y de servicios puedan satisfacer las necesidades y el desarrollo económico de nuestras provincias sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras, proveyendo así al derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo y crecimiento humano presente y futuro”.
Los gobernadores refuerzan la idea de que “el desarrollo sustentable con protección y cuidado del ambiente es política de estado en cada una de las provincias” y consideran que “corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. En virtud de ello, el establecimiento de presupuestos mínimos ambientales por parte de la Nación debe limitarse a fijar legislación de base, quedando como competencia de las provincias, las atribuciones de legislar por encima de ello y establecer parámetros ambientales más rigurosos de acuerdo a su especial situación”.
Con referencia al presupuesto mínimo ambiental de la Nación, que establece un Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental previo a la autorización de toda obra o actividad susceptible de degradar el ambiente, el documento consigna: “Resulta inadmisible establecer normas de presupuestos mínimos fijando la prohibición para el desarrollo de algunas actividades en particular”.
También estima necesario “establecer mediante la correspondiente legislación provincial, un requisito ambiental más riguroso aplicable a todos los estudios de impacto ambiental que se presenten para la aprobación de cualquier actividad que se proyecte en glaciares, sin realizar discriminación alguna de actividades”.
|
|
|