“Si por alguna razón se llegara a interpretar que el proyecto prohíbe la actividad minera y petrolera en los ‘ambientes periglaciares’ de la República Argentina, sería fatal para Salta y otras provincias cordilleranas de nuestro país, ya que mucho de su potencial minero se encuentra en dichos ambientes”, explicó el salteño Agustín Saravia Frías, abogado experto en temas mineros. Si en Canadá, país minero por excelencia, existiera una prohibición de realizar actividades mineras en el “ambiente periglaciar”, esto implicaría prohibir las mismas en más del 85% de los territorios que hoy son explotados
En la misma línea de pensamiento que Saravia Frías, Eddy Lavandaio, presidente de la Asociación Geológica de Mendoza, denunció en un artículo científico que de avanzar el proyecto peligran emprendimientos “desde la mina Río Turbio, en Santa Cruz, Bolivia, hasta la mina Aguilar, en Jujuy. Todas las explotaciones y proyectos mineros que se encuentran en la alta cordillera están en terrenos congelados durante gran parte del año. En consecuencia, de entrar en vigencia la ley, todos los establecimientos mineros que están en dichas condiciones quedarían automáticamente prohibidos”. Ello generaría un grave problema no sólo de inseguridad jurídica, sino también otros problemas tales como desempleo, cierre de establecimientos, retiro de inversiones y todos los efectos negativos que acarrea la suspensión de una actividad económica.
Tal vez la razón por la cual no existe una ley de glaciares en ningún país del mundo sea porque ninguna normativa podrá salvarlos. Se dice que los glaciares de los Andes están registrando una de las mayores reducciones en masa del mundo. Se prevé la desaparición de algunos de mediano y pequeño tamaño a partir de este año, según el reporte de Human Development para las Naciones Unidas del 2006. “El verdadero riesgo para los glaciares es el calentamiento global, por lo que la reducción en la superficie de los mismos es inevitable en el corto plazo”.
Esto es una verdad científica. Por lo tanto, para salvar a los glaciares habría que combatir el calentamiento global, tarea que parece sobrepasar las capacidades de nuestro Congreso Nacional. Como primera medida hay que tener en cuenta que el dominio originario de los recursos naturales existentes en el territorio de las provincias es de las provincias y no de la Nación. Además, habría que analizar el tratado de medio ambiente y minero suscripto entre Argentina y Chile, porque en ellos se contempla el deber de los mencionados Estados de adoptar medidas conjuntas de información y cooperación. "De todas formas, en Chile no existe específicamente una ley que prohíba la actividad minera en las zonas glaciares ni periglaciares, pero partimos de la premisa de que la protección de las zonas puramente glaciares es razonable y necesaria”, explica Saravia Frías.
“Regula lo ya regulado”
El hecho de plantear la necesidad de proteger nuestros glaciares implica que alguien tiene la intención de destruirlos. “Aparentemente serían los señores malos de la minería”, dice Saravia Frías. Pero el tema es que a algunos ya se les había ocurrido esa posibilidad y entonces previeron una serie de leyes y reglamentos para que eso no suceda. Afortunadamente, fue una medida efectiva, porque hasta el momento ningún emprendimiento minero de la Argentina se realiza sobre un glaciar.
Naturalmente, esto quiere decir que el proyecto estaría regulando sobre lo ya regulado
Es que en nuestro país, antes de realizar cualquier actividad de exploración o explotación minera, es necesario que la autoridad competente apruebe un Estudio de Impacto Ambiental. Es de esperar que si se pretende realizar trabajos que puedan acarrear efectos negativos sobre un glaciar, dicho informe no sea aprobado. Según Saravia Frías, “ninguna autoridad de cualquier provincia argentina aprobaría un informe de impacto ambiental que contemple la destrucción de un glaciar” |
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