El veto de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner la ley 26.418 sobre Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial en el 2008, demostró cual es la posición del gobierno nacional en relación a uno de los bienes naturales imprescindibles para el desarrollo de los pueblos: el agua que contienen los glaciares y el ambiente periglacial, reservorios naturales de este preciado recurso, dijeron desde el Bloque CC -ARI.
Explicaron que “a cualquier costo las empresas instaladas en la cordillera necesitan carta libre para avanzar en sus actividades extractivas, sin que los glaciares o ambientes periglaciales representen un obstáculo a sus ambiciones”.
“Aunque el gobierno nacional y algunos provinciales hagan oídos sordos, es un hecho que la minería metalífera sigue siendo una de las actividades económicas más cuestionadas en el mundo entero por las secuelas ambientales, sociales y económicas”, Agregaron.
Recordaron que “no por nada, el Parlamento Europeo emitió recientemente una resolución donde pide a la Comisión de la UE que considere la “prohibición completa del uso de las tecnologías mineras a base de cianuro en la Unión Europea antes de finales de 2011, puesto que es la única forma segura de proteger nuestros recursos hídricos y ecosistemas de la contaminación por cianuro procedente de las actividades mineras, y que, al mismo tiempo, proceda a una evaluación de impacto ordinaria;”.
“Lo cierto es que hay grandes y fugaces intereses detrás del veto presidencial a la ley de protección de glaciares que fuera impulsada en su momento por la diputada Marta Maffei y ahora presentado nuevamente por el diputado Miguel Bonasso”, comentaron
Glaciares rionegrinos
Nuestra cordillera provincial presenta características diferentes a los andes centrales, pero la razón para la protección de los glaciares y ambientes periglaciales es la misma. La vida social, cultural, económica y ecológica puede verse afectada si no tomamos decisiones en el marco del derecho precautorio y la defensa irrestricta de los bienes naturales comunes imprescindibles para el desarrollo del hombre.
Por esta razón, y en aplicación del artículo 124 de la CN, es que hemos presentado un proyecto de ley de Protección de los Glaciares y de los Ambientes Periglaciales de la Provincia de Río Negro en consonancia con la ley original –iniciativa de la diputada mc Marta Maffei -.
De esta forma la provincia de Río Negro tutelaría con una futura ley la “…propiedad de los ambientes glacial y periglacial como pertenecientes al dominio público de la Provincia de Río Negro, con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, la agricultura y las actividades industriales, como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas y la generación de energía hidroeléctrica, y como atractivo turístico., considerando a los glaciares descubiertos, cubiertos, de escombros y suelos periglaciales saturados y sobresaturados en hielo, de propiedad del Estado Provincial según el art. 124 in fine de la Constitución Nacional y cosas fuera del comercio (art. 953 del Código Civil) y por lo tanto inenajenables. Así lo establece el artículo primero de este proyecto que lleva el número 283/2010.
En el artículo 2 del proyecto ampliamos la definición de ambiente periglacial de tal forma que se abarque también a aquellos suelos saturados y sobresaturados en hielo, además de los considerados “glaciares de escombro” tan característicos de los andes centrales. Los espacios periglaciales son fundamentales para la regulación del régimen hídrico sobre todo en años de sequía, y el objetivo de las empresas extractivas es que no existan restricciones en estas zonas para poder intervenirlas.
Además, se determina la creación del Inventario Provincial de Glaciares, a realizarse por el IANIGLA, y se establece la prohibición de ciertas actividades probadamente nocivas, como son: la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos; la prospección, exploración y explotación minera o petrolífera, la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales y la venta de terrenos ocupados por glaciares descubiertos, cubiertos y de escombros y los suelos congelados saturados y sobresaturados en hielo.
Los glaciares deben ser declarados bienes de dominio público del Estado, pues como veníamos diciendo, son reservas estratégicas de un recurso vital e imprescindible. La mercantilización de los bienes hídricos viene sucediendo con la venta de agua a granel, de arroyos, ríos y costas de lago. Es habitual encontrar en páginas de Internet la venta de campos patagónicos incluyendo glaciares. Esta situación constituye un avasallamiento del derecho privado por sobre el bien público y los derechos de todos, y es deber del Estado legislar con precisión para declarar bajo su resguardo a los glaciares y ambientes periglaciales, además de garantizar el acceso público a los lagos y ríos navegables y sus costas.
Glaciar Cerro Tronador
Uno de los glaciares mas estudiados en el territorio rionegrino es el glaciar del Cerro Tronador en el Parque Nacional Nahuel Huapi, S C de Bariloche, que, al igual que los mas de 60 glaciares relevados en la cordillera de los andes patagónicos, está atravesando un proceso de retracción, pérdida de superficie y adelgazamiento como consecuencia del Calentamiento Global.
Los investigadores del IANIGLA coinciden en afirmar en sus publicaciones que: “La cima del monte Tronador ha perdido gran cantidad de hielo entre 1981 y el 2008. Esta porción de la montaña actúa como una zona de acumulación de los glaciares que cubren sus laderas, entre ellos el Ventisquero Negro y el Frías en Argentina…” (“Preocupante pérdida de Hielo en glaciares patagónicos” –Dr. Mariano Masiokas. Investigador Asistente IANIGLA- CONICET).-
“El sistema hídrico del Río Manso (~41º 20’S, ~71º 40’O) constituye uno de los escasos ejemplos patagónicos que presenta un sensible descenso histórico en los caudales -de ríos y arroyos- y en el nivel de altura del lago Mascardi, también integrante del sistema. El río Manso superior, cabecera de esta cuenca, está alimentado directamente por las aguas de deshielo del glaciar del cerro Tronador (3554 m s.n.m.).” “El particular comportamiento histórico del sistema hídrico integrado por el glaciar Tronador (o del Manso), el lago Mascardi y los ríos Manso superior e inferior ha sido interpretado como una clara señal del cambio climático.”
El objetivo del proyecto que impulsamos, es proteger los glaciares en el territorio rionegrino, así como los ambientes periglaciales que cumplen un rol fundamental. El comportamiento irregular de un sistema hídrico integrado como es el del río Manso, nos muestra la importancia de la preservación de los glaciares y las cabeceras de cuenca. Estoy convencida que el agua que contienen los glaciares y ambientes periglaciales es un recurso estratégico que hoy mas que nunca, y no solo por razones ambientales, debe ser protegido con el fin de garantizar el suministro de este bien imprescindible a los pueblos de hoy y a los que en un futuro se puedan desarrollar.
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