El Ciadi (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones) se expidió favorablemente a la posición de la Argentina sobre el traspaso de los bienes y el personal de Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. al Estado santafesino, hecho por el gobierno de Jorge Obeid en 2006, cuando nació Aguas Santafesinas SA (Assa).
El centro arbitral al que nuestro país debió someterse por haber firmado sendos tratados bilaterales con Francia y España en los “90 (pese a rechazar su actuación en 2003) dice en sus conclusiones que el tribunal “rechaza la alegación de las Demandantes (Suez, la Sociedad General de Aguas de Barcelona S.A. e InterAgua Servicios Integrales del Agua SA) de que la Demandada (la República Argentina) expropió directa o indirectamente sus inversiones”.
Otra conclusión positiva para la posición argentina es que se “rechaza la alegación de las Demandantes de que la Demandada negó protección y seguridad plenas a sus inversiones”. La acusación se apoyaba en las exigencias de los Tratados Bilaterles de Inversión (TIB) que la Argentina -con la autorización del Congreso- firmara con Francia y España, además de otras 55 naciones, en la década del “90 (otros países receptores de inversiones, como Brasil, no los firmaron).
Tarifas congeladas
Lo peor de las conclusiones del arbitraje para la posición argentina proviene de decisiones santafesinas adoptadas durante los gobierno de Carlos Reutemann y Jorge Obeid, cuando se optó por congelar tarifas y obligaciones contractuales (mediante extensos procesos de renegociación del contrato).
La conclusión del Ciadi es que la provincia de Santa Fe “ha privado a las inversiones de las Demandantes (Suez y sus socios españoles) de un tratamiento justo y equitativo”.
Y el siguiente párrafo constituye toda una advertencia del giro que tomará el diferendo en Washington: se “difiere su decisión sobre los daños y perjuicios por incumplimiento de la obligación de tratamiento justo y equitativo y la decisión sobre los costos hasta que el Tribunal se haya pronunciado sobre los daños y perjuicios”.
Por mayoría (sin unanimidad) se “rechaza la defensa del estado de necesidad opuesta por la Demandada frente a las reclamaciones de las Demandantes”.
En cuanto al escrito en disidencia, del árbitro profesor Pedro Nikken (propuesto por Argentina), sus reflexiones también son preocupantes... Dice “Estoy de acuerdo en que el Estado, básicamente a través de actos de las autoridades de la Provincia de Santa Fe, violó el estándar de trato justo y equitativo con su omisión en ajustar las tarifas aplicables a los servicios prestados por APSF, a partir del momento en que se consolidó la recuperación de la crisis económica y social que padeció la Argentina y que tuvo su estallido a fines de 2001 y principios de 2002”. Luego, Nikken (de origen venezolano) señala que no acuerda con que en términos globales, a lo largo de la concesión, Santa Fe haya privado de dicho tratamiento a la inversora.
Por último el Tribunal “rechaza todas las restantes reclamaciones” por lo que queda claro que ahora las partes ahora van a pujar por los eventuales “daños y perjuicios”, desde la demandante y por negarlos desde la demandada, en el marco de las decisiones gubernamentales adoptadas en Santa Fe, entre 1994 y 2006.
El tribunal del Ciadi tiene tres miembros: el profesor Leswald W. Salacuse, presidente; y los árbitros Gabrielle Kaufmann-Kohler, propuesta por Suez (y aceptada por el presidente pese al reclamo argentino en contrario por sus opiniones sobre la privatización del agua potable en Tucumán) y el profesor Nikken, antes mencionado, que fue propuesto por la Argentina.
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