Un tribunal arbitral del CIADI, organismo del Banco Mundial que se encarga de resolver controversias comerciales internacionales, decidió en torno a los juicios entablados por los inversionistas contra la Provincia y la Nación por la ruptura de contratos de Aguas Argentinas y Aguas Provinciales de Santa Fe.
En la decisión del tribunal hubo una de cal y otra de arena: se consideró que no se prestó a las inversiones un trato justo y equitativo, pero al mismo tiempo se rechazó el planteo de las demandantes, el grupo francés Suez y la española Interaguas, según el cual se hubieran expropiado directa o indirectamente sus inversiones; o que se hubiera negado protección y seguridad plenas.
De acuerdo al portal rosarino Punto Biz, a la hora de hablar de plata el tribunal arbitral pateó la pelota para adelante. No se expidió en cuanto al monto de los daños y perjuicios, planteando una postergación de tal decisión.
Analistas locales interpretaron que los casos de Aguas tienen basamento jurídico en un Tratado Bilateral de Inversiones con idénticas cláusulas al que un comité del tribunal aplicó en los casos de Sempra Energy y Enron, a favor del país, en fallos de alzada que se conocieron también durante las últimas horas. El argumento es que existen cláusulas en los tratados internacionales que amparan el estado de necesidad al que la Argentina se vio sometido en los años de mayor crisis.
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