La Comisión Nacional de Alimentos (Conal) aprobó los valores admitidos para alimentos libres de gluten que constarán en el Código Alimentario Argentino, los cuales deberán contener
hasta 10 mg. por kilo de alimento para poder ser consumidos por celíacos.
“Es muy importante que el Estado avance en sus funciones de rectoría en temas en los que todavía no lo había hecho, como es el caso de la enfermedad celíaca”, señaló el secretario de Fiscalización, Regulación e Institutos de la cartera sanitaria, Gabriel Yedlin.
Explicó que “la definición del valor de 10 mg. por kilo es muy avanzada, ya que en otros países usan el de 20 mg. por kilo, que es menos seguro para los pacientes”.
De esta manera, los alimentos podrán ser admitidos bajo la categoría SIN T.A.C.C (libres de Trigo, Avena, Cebada y Centeno).
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