La Ley de Protección de Glaciares, aprobada en general por la Cámara de Diputados, es un paso importante para el resguardo de nuestros recursos hídricos y la defensa del ecosistema de nuestra cordillera, hoy amenazado por el avance de la megaminería metalífera .
Esta ley conoció el veto presidencial en 2008, y debió enfrentar la ofensiva oficialista, de la mano del proyecto del senador Daniel Filmus, más permisivo, tal como pretendía el lobby minero.
Semanas atrás, la norma fue aprobada en general y en particular (sólo hasta el artículo 5°) con un articulado que amplía el carácter protector de la norma vetada. La ausencia del bloque oficialista y la irresponsabilidad de una parte de la oposición, en la sesión del miércoles pasado, no permitió aún que dicha ley obtenga media sanción.
La sanción de esta ley, inspirada en los principios básicos del derecho ambiental, ilustra el avance de las luchas socioambientales de las Asambleas Ciudadanas , así como una saludable apertura de la agenda parlamentaria , gracias al accionar de legisladores conscientes del carácter depredador de este tipo de actividades extractivas.
En toda América latina asistimos a luchas en contra de la megaminería transnacional, en protección del agua como el mayor bien común , protagonizadas por centenares de ciudadanos y comunidades, violentadas en sus derechos y afectadas por este tipo de actividad que consume hasta 100 millones de litros de agua por día (como Bajo La Alumbrera, en Catamarca).
Asimismo, los daños ambientales producidos por este tipo de minería están suficientemente probados ; tan es así que el Parlamento Europeo, en su Resolución del 5 de mayo de 2010, recomendó la prohibición general del uso de las tecnologías mineras a base de cianuro en la Unión Europa.
Pero hay varios hechos que ensombrecen este panorama . Anticipándose a un revés en el Congreso Nacional, las provincias mineras sancionaron, de manera express, leyes provinciales de “protección” de glaciares, que abren las puertas a la explotación minera en zonas protegidas por la ley nacional. Escudados en el artículo 124 de la Constitución Nacional (que provincializa los recursos naturales), pretenden convertir estas normas locales en un escollo jurídico para la aplicación de la ley nacional.
Pero la jugada tiene patas cortas , ya que nuestra Carta Magna limita el dominio provincial sobre los recursos naturales al establecer -en el artículo 41- que es el Congreso Nacional quien instituye los pisos básicos de protección ambiental para todo el país. Así, en caso de que estas leyes provinciales se opongan a los principios y disposiciones contenidas en la futura ley nacional, prevalecerá esta última.
Además, luego de la reciente fotografía de la presidenta Cristina F. de Kirchner, en Canadá, junto a los directivos de la Barrick y los gobernadores pro-mineros oficialistas, el gobierno nacional inició una campaña en favor de la megaminería , como lo muestra un video difundido por la web del Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, que minimiza el daño ambiental.
En suma, no estamos ante un debate menor, ya que los intereses económicos en juego son enormes . La sanción de esta ley nacional, que apunta a la preservación del agua y de nuestros bienes naturales, puede ser un primer paso para poner coto a las corporaciones transnacionales y desenmascarar el simulado discurso federalista de las provincias mineras, así como el falso discurso progresista del gobierno nacional.
*SOCIOLOGA E INVESTIGADORA DEL CONICET
**PRESIDENTE ASOCIACION ARGENTINA DE ABOGADOS AMBIENTALISTAS |
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