Por unanimidad y con la firma de los 7 ministros que la integran, la Corte Suprema exhortó este martes a agilizar la limpieza de la cuenca Matanza-Riachuelo y habilitó al juez federal de Quilmes Luis Armella a multar a los funcionarios públicos responsables que incumplan con las obligaciones.
El Máximo Tribunal enfatizó que la primera sentencia en la causa por el saneamiento del Riachuelo, iniciada por Beatriz Mendoza, la dictó el 8 de julio de 2008 y ese día dispuso que “la autoridad obligada a la ejecución del programa y responsable de su cumplimiento oportuno” era la Autoridad de Cuenca contemplada en la ley 26.168.
“Transcurridos dos años desde ese pronunciamiento, y a pesar de los continuos requerimientos efectuados por el juez delegado, se advierten incumplimientos que no han sido debidamente justificados, circunstancia que obliga a esta Corte Suprema a encomendar al referido magistrado que adopte las medidas necesarias para el inmediato y eficaz cumplimiento de la sentencia”, subrayaron los jueces supremos.
La Corte dispuso que el juez Armella “en forma inmediata y bajo apercibimiento de las sanciones” previstas ordenara a la Autoridad de Cuenca la instrumentación de un sistema de información digital de acceso público que contenga todos los datos, informes, listados, cronogramas y costos actualizados.
En uno de los párrafos más duros de la sentencia, el Máximo Tribunal dispuso que la Autoridad de Cuenca, que preside el secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable Homero Bibiloni, explicara “las razones por las cuales no se dio cumplimiento a los mandatos establecidos en la sentencia (…), identificando con precisión las causas y los funcionarios involucrados”.
El Consejo Directivo de Acumar también está integrado por Fabián López, del Ministerio de Planificación; Eduardo Bustos Villar, del Ministerio de Salud; Inés del Carmen Páez, del Ministerio de Desarrollo Social; los funcionarios bonaerenses Jorge Iragui y Alberto de Fazio y los funcionarios porteños Sergio Agostinelli y Javier Corchera.
En el fallo emitido este martes, la Corte también requirió que se informen “las razones por las cuales se ha celebrado un convenio con la Auditoría General de la Nación” el 26 de abril de 2010 “relacionado con el control de los fondos públicos (…) y si existió alguna actuación de dicha auditoría desde la fecha de la sentencia hasta la firma del convenio referido”
La Corte ordenó, a través de Armella, definiciones a la Auditoría General de la Nación y al Defensor del Pueblo de la Nación.
“Todas estas medidas deberán ser puestas en ejercicio por el juez delegado para la ejecución de la sentencia, investido por esta Corte de atribuciones suficientes para la aplicación de las sanciones pecuniarias que considere adecuadas en orden a la gravedad de los incumplimientos verificados, las que se harán efectivas en la persona del Presidente de la Autoridad de Cuenca y de los demás funcionarios involucrados por mandatos específicos y determinados”, concluyó la Corte.
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