Aguas Santafesinas SA (ASSA) "asegura la calidad del agua potable que distribuye a sus usuarios, siendo la misma apta para el consumo humano, de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente". Así lo señala un comunicado de prensa donde se recuerda que "desde 2005, el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress) estableció que Assa (por entonces Aguas Provinciales de Santa Fe) debe determinar la presencia en el agua de endosulfán, glifosato y atrazina, por ser estos pesticidas de uso habitual en la zona". Lo hizo en respuesta al informe publicado por este diario en su edición del domingo en el que se advertía la necesidad de un aggiornamiento de la ley Nº 11220 -que regula el control de calidad del agua- donde deberían incluirse los agroquímicos más utilizados en los últimos años. Assa aseguró que "para poder realizar estas determinaciones, adquirió equipos analíticos de última generación y de alto costo". En tanto, el presidente del Enress, Alberto Muñoz, afirmó que "tanto el Ente como la empresa vienen permanentemente haciendo testeos con respecto a la calidad del agua en todas sus facetas".
El comunicado de ASSA destaca que "el agua potable es controlada tanto en laboratorios propios, entre los más importantes de análisis de agua de la Argentina, por calidad profesional y tecnológica, como por los laboratorios con que cuenta el Ente Regulador de Servicios Sanitarios". El informe indicaba que Assa no tiene hoy un laboratorio de referencia donde contrastar sus propios estudios, algo que no se niega en el informe.
"Aguas Santafesinas realiza cerca de 200.000 determinaciones anuales para asegurar la calidad del agua potable que lleva a cada uno de los 2.000.000 de habitantes abastecidos en las 15 localidades servidas", aclara el comunicado oficial, donde también se afirma que "la Organización Mundial de la Salud no fija límites para los compuestos admitidos o no en el agua potable, sino valores guía, destinados a los gobiernos y sus organismos de salud. Luego cada Nación tiene su propia legislación que puede o no basarse en los valores guía de la OMS, de acuerdo a sus realidades particulares".
La afirmación es interesante porque el informe señalaba que mientras el herbicida 2-4-D que media ASSA en sus muestras en 2007 era de 100 ug/l tal como la marcaba la ley 11220, la Organización Mundial de la Salud aconsejaba una cifra bastante inferior: 30 ug/l.
Assa dice que "los valores límites establecidos por la Ley 11.220 en materia de pesticidas agrícolas son coincidentes con los del Código Alimentario Argentino 2007, que son la base para los límites establecidos por todos los prestadores de servicios sanitarios de la Argentina".
El comunicado concluye afirmando que "con respecto a los organofosforados, mayoritariamente se hidrolizan en el agua, por lo que es poco probable su presencia en dicho medio". Y reconoce que "la potabilización elimina parcialmente a los pesticidas, tanto por la precipitación de las partículas que los contienen, como por la acción del cloro como oxidante y los alcalinizantes".
Finalmente Assa trató de llevar tranquilidad afirmando que "la Ley 11.220 debe adecuarse a lo indicado por el Código Alimentario Argentino en 2007, que es como actualmente se controla el agua que provee ASSA".
Muñoz dijo que "se puede consultar en la página del ENRESS el análisis que hacen permanentemente en Rosario mes a mes y en cuanto a las sustancias que no estaban incluidas en la ley 11.220 que recordemos es vieja e indudablemente en estos momento hay un proceso para modificarla, se está trabajando en ese sentido, de tener una legislación más moderna". |
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