En las discusiones sobre la re-estatización de OSM aparecen reiteradamente algunos conceptos que es necesario clarificar. Uno de ellos es el que define al agua potable como un "bien público", razón por cual la empresa proveedora debería ser estatal.
El agua potable no es un bien público, es un bien privado. En Economía se distinguen estas dos categorías de bienes por las características del consumo de los mismos, no por quien lo produce o provee. Las características son denominadas "rivalidad" y "exclusión", que están presentes en los bienes privados pero no en los públicos.
En los bienes públicos no hay "rivalidad", por que una vez producidos pueden agregarse consumidores sin que disminuya la cantidad que cada uno consume. No hay "exclusión", por que no hay posibilidad de impedir a alguien que acceda al consumo del bien una vez que está disponible. También suele denominarse "bienes sociales" a esa misma categoría de bien.
No son muchos los bienes públicos puros, pueden incluirse algunas prestaciones del Estado como la Seguridad Interior y la Defensa Nacional. Hay un par de casos en que la distinción es muy nítida y sirven para aclarar el concepto. Se trata de la televisión abierta y la emisión de ondas de radio. En ambos casos, emitidas las ondas basta encender el aparato para acceder a ellas y por mas aparatos que enciendan no disminuyen el consumo de cada uno de ellos, no hay "rivalidad". Tampoco hay "exclusión", dado que no existe forma de impedir que se acceda a las ondas una vez emitidas.
La inexistencia de rivalidad e imposibilidad de excluir del consumo hacen que estos bienes no se puedan proveer mediante el mercado y el precio; se financian de otro modo. Los servicios del Estado se financian mediante impuestos. La radio y la TV se financian por la venta de publicidad por parte de los que emiten ondas. Cuando las radios y la TV son estatales también se financian con impuestos, como ocurre con el "fútbol para todos".
Los "bienes privados", por el contrario reúnen ambas particularidades: rivalidad y exclusión. Si una persona consume una manzana, ninguna otra puede comer esa manzana y se puede impedir el consumo si no se satisfacen las exigencias para hacerlo; pagar el precio por ejemplo. Recordemos además que estos bienes son limitados, escasos. Para estos bienes hay mercados y precios y pueden ser producidos por empresas privadas o públicas. Tanto los bienes privados como los públicos tienen costos de producción.
Aclarados estos conceptos no existen dudas de que el agua potable es un "bien privado", donde la "rivalidad" es evidente, el agua consumida por una persona no puede ser consumida por otro; y se puede "excluir" del consumo a quien no satisface los requisitos para hacerlo.
Ahora bien, se ha establecido que todos los seres humanos tienen "derecho al agua potable", en la misma forma que se expresa el derecho a la salud o a la educación. Éste es un asunto diferente, es razonable postular el derecho al agua potable. Entonces hay que establecer sobre quién recae la obligación de proveerla, en qué condiciones (cantidad y calidad), y de qué modo se va a financiar un bien costoso, más aún en nuestra provincia.
Esto nos lleva al problema de la tarifa o precios del agua potable. Está claro que alguien tiene que pagar los costos de producción y distribución, por lo tanto lo lógico es cada uno pague por lo que consume, esto es el litigioso asunto de la "tarifa medida".
Es importante tener claro que si lo que pagamos por un bien o servicio es independiente de la cantidad consumida, la tendencia natural es consumir la mayor cantidad posible. Por eso se "derrocha" agua potable, por más apelaciones que se hagan a limitar el consumo, apelación absolutamente inconducente como muestran las cifras de consumo por habitante en Mendoza.
Por cierto hay que discutir en serio y sin demagogia quiénes pueden pagar el agua potable de quiénes no pueden pagarla y cuánta agua tienen derecho a consumir.
¿Debe ser OSM una empresa concedida a un privado, como lo ha sido en la última década? ¿Debe volver a ser estatal? Ésta es una discusión de otra naturaleza. Pero el agua potable seguirá siendo un "bien privado", que tiene costos de producción determinables y se puede (y debe) asignar por precio.
Las opiniones vertidas en este espacio, no necesariamente coinciden con la línea editorial de Diario Los Andes.
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