Desde las entidades que agrupan a las industrias, manifestaron preocupación por los requerimientos para dar cumplimento a la obligación de empadronar los establecimientos radicados en los distritos incluidos en el área de influencia del cauce hídrico conformado por los ríos Matanza y Riachuelo.
Al respecto, la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME) señaló su interés sobre el estado de la cuenca y manifestó su apoyo al empadronamiento para un mejor control de la problemática ambiental. Sin embargo, advirtió que “se deben tener en cuenta las dificultades que posee el sector para cumplir con estas exigencias”, por lo que la entidad realizó un pedido de prórroga de la fecha límite de empadronamiento para poder incorporar a aquellas PyMEs que, actualmente, se encuentran en dificultades para efectivizar el trámite.
Dificultades en el trámite
Según informaron desde la Unión Industrial del Partido de La Matanza (UIPMA), al principio, se generó una incertidumbre sobre cómo consignar la información en la declaración jurada que solicita ACUMAR. “Los empresarios tenían la preocupación de equivocarse y que, después, eso les trajera multas o clausuras”, afirmó Martín Montes, responsable del área de comunicación y relaciones institucionales de la entidad.
Del mismo modo, en APYME también coincidieron en marcar las dificultades de las empresas, ya que demandan un gran esfuerzo y, muchas veces, el sector no posee los recursos necesarios para hacer frente a esas exigencias.
“Hemos trabajado con las industrias para acercarles información precisa para que puedan hacer el empadronamiento con éxito. Desde la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, también hemos tenido a técnicos que asesoraron a todos los empresarios que tuvieron dudas en puntos específicos”, puntualizó Montes.
Quiénes deben registrarse
El 30 de septiembre, vence el plazo general de presentación para todos los establecimientos comerciales que, si bien en un inicio incluía solo a las industrias, ahora, incluye a todos los establecimientos productores de bienes y servicios, independientemente de la actividad que desarrollen, cuando generen residuos, sean sólidos, líquidos o gaseosos, de cualquier tipo y naturaleza, que no sean asimilables a los de tipo urbano de origen doméstico, o que resulten susceptibles de requerir permisos ambientales para autorizar su habilitación, radicación o funcionamiento por su incidencia ambiental en la cuenca.
Esta especificación incorpora, por ejemplo, a carnicerías y granjas, que deben declarar cómo se deshacen de los desperdicios como la grasa y las vísceras, o dónde vuelcan la sangre animal.
Para Montes, “si bien se desarrolló un sistema de declaración jurada vía Internet, sigue teniendo puntos que son muy técnicos, para lo que se necesita a un profesional que los ayude a completar el formulario”.
En este aspecto, la preocupación de los empresarios y comerciantes hizo que se cristalizaran pedidos de plazos adicionales ante ACUMAR para la presentación del empadronamiento obligatorio. |
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