El Gobierno sanjuanino no ha cambiado en nada la opinión acerca de que la Ley de Glaciares aprobada en la madrugada del jueves en el Senado avasalla la competencia natural de las provincias sobre sus recursos naturales, y ante esto prepara una presentación ante los tribunales federales y la Corte Suprema para pedir una "Acción Declarativa de Inconstitucionalidad".
La medida fue anunciada ayer por el jefe de Asesores del gobernador, Guillermo De Sanctis, desde Buenos Aires, donde acompañaba al gobernador Gioja que anoche regresó a la provincia. El funcionario es el encargo de preparar en los próximos días la acción judicial, y la tendrá lista, ya sea para ser presentada espontáneamente por la provincia o ante la ofensiva de terceros que pretendan frenar algún proyecto minero en la provincia invocando la nueva ley nacional.
"La opinión de inconstitucionalidad se mantiene intacta, y por lo tanto está en mente de la administración provincial una acción declarativa de inconstitucionalidad ante la Justicia Federal que irá acompañada simultáneamente con una medida cautelar de no innovar'', anticipó ayer De Sanctis. "La decisión está tomada, pero ahora se hará un análisis con calma sobre los modos de presentación, las vías. Por ejemplo, hay que decidir si lo hacemos solos o con otras provincias, todo es materia de análisis y reuniones'', agregó.
La objeción mayor contra la nueva Ley de protección de glaciares pasa porque la norma, lejos de mantener el espíritu de las leyes de presupuestos mínimos, "borró" a las provincias de la potestad sobre sus recursos naturales, se excedió y en pos de regular la protección de los glaciares y zonas preriglaciares como recursos hídricos estratégicos, además define qué se puede hacer y qué no.
En los casos de las actividades permitidas, deberán estar sujetas a la aprobación del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), lo que obligaría a las jurisdicciones provinciales a pedir permiso a la Nación (concretamente al IANIGLA), por cada actividad que pretenda realizar en las zonas protegidas. Además, como esta entidad es autoridad de aplicación de la nueva ley, le atribuye la exclusividad para la realización del inventario de glaciares, "ignorando a las provincias como autoridad de aplicación de las leyes nacionales en sus jurisdicciones", explicó De Sanctis.
Inconstitucional
El argumento de la provincia acerca de la inconstitucionalidad de la nueva ley se apoya en los artículos 41 y 144 de la Constitución Nacional. El primero de esos artículos delega la potestad de las provincias a la Nación para que ésta dicte leyes de presupuestos mínimos de protección. Según el gobierno, se trata de un "piso protector, de base, y todo lo demás lo deben dictar las provincias, adaptando esos presupuestos mínimos a sus recursos naturales y su propia idiosincrasia".
El artículo 144 de la Constitución establece que los recursos naturales son de la provincia, algo que la provincia entiende que ignora la ley de glaciares cuando nombra a éstos como bien público, sin incorporar la potestad de las provincias.
"Esta no es una ley de presupuestos mínimos, se ha legislado de máxima con el agravante de que además ignora a las provincias como autoridad de aplicación de la ley, mete prohibiciones que no son compatibles con una ley de presupuestos mínimos y finalmente no define el área periglaciar, lo cual puede prestarse a la imaginación de que cualquier zona puede ser tomada como tal, y ergo, las prohibiciones se pueden dar en cualquier lugar'', explicó De Sanctis.
Abriendo el paraguas
Un dato llamativo que deslizó ayer el asesor de gobierno es que la provincia puede llega a la justicia para frenar la ley de glaciares "en reacción a una ofensiva de terceros''. "Puede darse el caso de que nos hagamos parte de un proceso que pretenda parar algo'', admitió. El funcionario aludió a la posibilidad de que organizaciones ambientalistas pretendan interponer alguna demanda ante la eliminación del artículo 17 de la norma y pretendan ir a la justicia para frenar la puesta en marcha de nuevos proyectos mineros - incluso se habla de Pascua-Lama- hasta tanto se termine el inventario de glaciares que se le pide al IANIGLA. Justamente ese artículo establecía la prohibición hasta cumplido el relevamiento. Otro artículo considerado de riesgo es el número 15, que requiere auditorías para los actuales emprendimientos en marcha.
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