El COFEMA definirá la próxima semana las responsabilidades a asumir por las autoridades competentes de la nueva ley.
La Secretaría de Recursos Hídricos informó ayer que continuará trabajando sobre los relevamientos geológicos ordenados en el marco de la ley provincial 7625 de protección de glaciares. La norma, promulgada el pasado 5 de agosto, dispuso que ese organismo del Ministerio de Ambiente realice, con la cooperación de especialistas de la Universidad Nacional de Salta (UNSa), los estudios necesarios para contar con un inventario de los glaciares existentes en la provincia en un plazo no mayor a un año.
A través del sitio oficial de la cartera de Ambiente y Desarrollo Sustentable se señaló ayer, en base a análisis preliminares, que “en Salta no se verían afectados los proyectos industriales, ya que no se encontrarían en nuestro territorio ambientes glaciares de acuerdo a las definiciones establecidas en la ley con proyectos en ejecución”. Tales definiciones se dieron a conocer el día después de la aprobación de la ley nacional de protección de los glaciares, que desató todo tipo de opiniones a favor y en contra del texto que finalmente aprobó el Senado en la madrugada del jueves.
Camino a la Corte
Ni bien se confirmó la sanción, fuentes oficiales anticiparon que la presidenta Cristina Fernández promulgará la norma “sin demoras”. En medio de manifestaciones contrarias del sector minero, el Gobierno de San Juan adelantó que en los próximos días realizará una presentación ante la Corte Suprema para que dicha ley sea declarada inconstitucional, en el entendimiento de que avanza sobre potestades que son propias de las provincias. Un punto medular de la presentación pasa por la autoridad de aplicación fijada en la ley nacional para la realización del inventario de las formaciones hidrogeológicas que quedarán protegidas a lo largo de la franja cordillerana que separa a la Argentina de Chile.
Según el Gobierno sanjuanino, de esta forma, todo proyecto o actividad quedará sujeto a la aprobación del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA). “Ello obligaría a las jurisdicciones provinciales a pedir permiso a la Nación (concretamente al IANIGLA), por cada actividad que pretenda realizarse en las zonas protegidas. Además, como esta entidad es autoridad de aplicación de la nueva ley, le atribuye la exclusividad para la realización del inventario de glaciares, ignorando a las provincias como autoridad de aplicación de las leyes nacionales en sus jurisdicciones”, plantea la administración de José Luis Gioja.
Desde el Senado
En este contexto, la senadora nacional Sonia Escudero sostuvo ayer que, “tal como se aprobó, la ley nacional avasalla competencias en cuanto a la realización del inventario y potestades de la autoridad de aplicación provincial. Sin perjuicio de ello -agregó la legisladora salteña-entiendo que la Provincia está en plenas facultades para hacer el relevamiento”. En su opinión, el conflicto jurisdiccional podría sortearse con una adecuada reglamentación de la ley nacional, donde debiera “establecerse claramente que la función del IANIGLA, en cuanto al inventario de glaciares, debe cumplirse con la coordinación de las provincias”, sugirió Escudero.
Según se anticipó desde el Ministerio de Ambiente de Salta, la próxima semana el Consejo Federal del sector (COFEMA) se reunirá en Trelew para comenzar a aclarar esta situación.
La ley nacional
La ley nacional aprobada en la madrugada del jueves establece presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos”.
La norma considera a los glaciares como “bienes de carácter público” e indica que se entiende por tales a “toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación”.
Asimismo, define como ambiente periglacial -en la alta montaña- al “área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico” y -en la media y baja montaña-al “área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo”.
La norma crea un inventario nacional de glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional, con toda la información necesaria para su protección, control y monitoreo. El IANIGLA será autoridad de aplicación.
La ley salteña
El punto central de la norma promulgada en Salta el 4 de agosto reafirma que “los glaciares existentes en el territorio son bienes del dominio público provincial”.
El ministro de Ambiente Francisco López Sastre, anticipó que ese es el principio que se defenderá desde la Provincia. La norma provincial fija como objetivo “la protección de los glaciares que se incorporen en el inventario provincial de glaciares, en tanto reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas”.
La autoridad de aplicación a cargo de realizar dicho inventario recae sobre la Secretaría de Recursos Hídricos de Salta. El relevamiento de glaciares, según dispone la norma provincial, debería estar terminado antes del 5 de agosto de 2011.
La información será actualizada cada cinco años y todas las actividades proyectadas en los glaciares incluidos en el registro deberán ser autorizadas. |
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