Nihuil IV es el último eslabón de la cadena de generación energética cuya explotación queda en manos de la Provincia. Sin embargo, hay un acuerdo en marcha con la Secretaría de Energía de la Nación que, una vez resuelto, permitirá que toda la energía producida en la central hidroeléctrica sanrafaelina pase al sistema interconectado nacional.
Este acuerdo recibió un envión importante en los últimos días a través de un decreto firmado por el Ejecutivo, que confirma ese propósito y también la intención de conservar la operación en jurisdicción local.
A través del expediente 3189-D-2010-30093 se gestiona efectivamente el ingreso de la represa sobre el río Atuel al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), al que aún le falta un decreto que lo refrende y la firma de un contrato entre la Nación y Mendoza. Para el Gobierno, Nihuil IV "reviste una importancia fundamental para el desarrollo sustentable de la Provincia a fin de incrementar el potencial energético"; y, aunque no pudo confirmarse, se estima que cumplidos los pasos faltantes, su inclusión en el sistema nacional podría concretarse hacia fin de año.
Una historia desde el 94
La historia se remonta al ciclo privatizador consagrado por la ley de Transformación del Sector Eléctrico Provincial (6498) por el cual la ex Emse pasó a ser Edemsa S.A., y las centrales sureñas que eran administradas por la empresa estatal pasaron a manos privadas. Nihuil I, II y III fueron concesionadas a Hinisa-Hidisa (ex Saur International y actualmente en manos de Pampa Energía, de Marcelo Mindlin).
Tras haberlo licitado, mediante el decreto 920 de 1994 Emse firmó contrato con Hidronihuil S.A (Cartellone-Cooperativas Eléctricas Mendoza) para la "Construcción, Operación y Mantenimiento de la Central Hidroeléctrica Nihuil IV". Los derechos y obligaciones del contrato pasaron más tarde a Edemsa, la distribuidora beneficiaria con la compra-venta de la energía generada por la represa al pie del Valle Grande, hasta que ésta pase al MEM.
Los Andes intentó sin éxito comunicarse con el gerente general de la firma, Antonio Torre. Del mismo modo con la subsecretaria de Servicios Públicos, Patricia Martínez, para puntualizar el estado específico del trámite con la Nación.
Sin embargo, el jefe y responsable técnico de Nihuil IV, Humberto Fernández, aseguró que "en la faz técnica no hacen falta grandes ajustes, está todo listo; de hecho se podría haber hecho hace tiempo. La parte operativa tiene que superar una evaluación de rigor a nivel nacional para ser operadores avalados por Cammesa. Pero en general lo que falta son las definiciones a nivel administrativo y comercial".
El "pase" y las competencias
En el fondo, la transferencia de la energía generada por Nihuil IV está fuertemente arraigada en el contexto económico-financiero. Tras la crisis de 2001-2002 comenzó un proceso de renegociación de contratos en los incluido el de Nihuil IV. Aunque derivó en conflictos con la provincia, ya que Hidronihuil inició una demanda judicial por atraso tarifario, en función de que percibía una tarifa congelada y en pesos, por ser la única que no integraba el sistema interconectado nacional frente a su obligación de afrontar un crédito internacional en dólares.
Un enfrentamiento concluido el 26 de mayo último, cuando Jaque y el ministro de Infraestructura, Francisco Pérez, confirmaron la suscripción de un convenio con el Gobierno nacional, Cammesa y la empresa. "Desde el 1 de noviembre la empresa cobrará 40 dólares por cada megavatio volcado al sistema eléctrico nacional y con una parte de estos fondos se formará un fideicomiso para ejecutar un plan de obras que son clave", sostuvo Pérez.
Antes, el 9 de junio de 2009, se había cerrado la renegociación con un acuerdo que incluye la extensión del contrato hasta julio de 2024. Pero en especial prevé que " l Ministerio de Infraestructura formalizará las relaciones contractuales o legales ... que le permitan comercializar la energía de la Central Nihuil IV en el Mercado Eléctrico Mayorista...".
Para eso, y antes de firmar el contrato respectivo que aprueba la conexión al MEM, la Secretaría de Energía exige un decreto provincial para deslindar las responsabilidades de la Nación en los temas que incumban a la Provincia sobre el manejo del recurso agua, seguridad de presas y aspectos ambientales, relacionados con la operación y mantenimiento de la central. El pedido efectuado por la Nación apunta a resguardarse de "eventuales reclamos que los terceros podrían hacer contra la Nación y fundar en su calidad de concedente".
En respuesta al pedido nacional, Jaque firmó una resolución en la que reafirma la posición de Mendoza sobre que "la Central Hidroeléctrica Nihuil IV ha sido ajena a los proyectos nacionales, tanto en su etapa de estudio y proyecto como en la de construcción y concesión".
Importancia estratégica
La Central Nihuil IV cuenta con un generador de 25.000 Kw. del tipo Kaplan, que su constructor y operador Hidronihuil (una alianza entre Cartellone y Coop. Eléctricas Mendoza) puso en marcha a fines de los ?90, despues de tres años.
De la estación transformadora nace una línea de 132.000 W que conecta esta central con Nihuil III. Según el jefe de la central, Humberto Fernández, entre las obras clave para el mejoramiento de la distribución local está la línea para San Rafael, "algo más que importante, porque la ciudad actualmente está conectada radialmente y no por anillos, un sistema mucho más seguro para el abastecimiento eléctrico de la zona".
La resolución
Jurisdicción operativa: Establece que la construcción de la central “ha estado a cargo de la Provincia de Mendoza y se ha realizado a través de la Concesión respectiva, según lo establecido en el Decreto Provincial N° 920/94”.
Sobre la administración del agua: Reconoce que “ha estado y estará” a cargo de Mendoza.
Sobre impacto medioambiental: del mismo modo, declara la responsabilidad de Mendoza en los estudios “respecto de la influencia de Nihuil IV sobre el medio ambiente. Por lo tanto asume cuestiones que deriven de la construcción y operación de la presa y de la existencia del espejo de agua, en cuanto ellos no excedieran las consecuencias previstas en los estudios”.
Límites a la responsabilidad provincial: “No alcanza a las responsabilidades que, sobre el medio ambiente, pudieren derivar de la interconexión al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), una vez fuera del ámbito de la presa.
Responsabilidad de la Nación: En otro artículo, se establece que “no implican relevar en el futuro a la Nación de la observación y cumplimiento de la legislación local, en cuanto ella le fuere aplicable, conforme con las jurisdicciones y respectivas potestades que determinan las constituciones de la Nación y de la Provincia de Mendoza, ni relevar a la Provincia ni a la Concesionaria (Hidronihuil S.A) observar la Legislación Nacional.
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