En el mensaje a la Legislatura provincial con motivo del envío del proyecto de ley de presupuesto para Santa Fe, el Poder Ejecutivo no previó aumentos en los tributos provinciales para todo el ejercicio fiscal 2011, como así tampoco incrementos en las tarifas de servicios públicos.
Este anuncio, muy positivo por cierto para los usuarios de los servicios públicos provinciales, nos alienta a las asociaciones de consumidores para que durante el próximo año no estemos discutiendo aumentos sino seguir insistiendo en las reformas pendientes que ya no pueden esperar más en la provincia de Santa Fe.
Con esto hago mención a los servicios de agua potable y cloacas prestados por Aguas Santafesinas SA (ASSA) y las cooperativas y municipios-comunas, todos ellos enmarcados en la ley Nº 11.220 de servicios sanitarios de Santa Fe, y también el marco regulatorio del servicio eléctrico provisto por la Empresa Provincial de la Energía (EPE) por la ley Nº 10.014 (vuelta en vigencia por ley Nº 12.700).
En el primer caso, en oportunidad de las audiencias públicas que antecedieron al tarifazo fijado para 2010, se había anunciado la creación de una comisión que estudiaría la nueva normativa, de la cual no se han conocido avances, y en nuestro caso particular no ha sido girado proyecto o borrador alguno de reforma de la mencionada ley.
En el segundo caso, en reiteradas oportunidades las asociaciones hemos propuesto la reforma del marco normativo para que los usuarios y consumidores tengamos mayor protagonismo en el proceso del servicio que presta la EPE, modernizando una ley de los años 80, y con la única intención de mejorar el servicio y la participación vecinal.
Por ello, en concreto, debemos trabajar para que ambos servicios estén a la altura de una provincia con servicios y empresas modernas, abiertas, participativas y plurales.
Santa Fe se merece una ley de servicios sanitarios donde ASSA se transforme en sociedad del Estado, donde el ente regulador (ENRESS) también esté integrado con un miembro representante de los usuarios, y donde la Municipalidad de Rosario integre el directorio de la empresa. También se propone que un vocal de la empresa sea nombrado por los usuarios, donde haya un mecanismo de premios y castigos a los usuarios regulares y con tarifa social que cuentan con medidor, se informe a los usuarios cuando los niveles de consumo están por encima de los promedios, para que en caso que no se disminuya el volumen de consumo de agua, los usuarios tengan en cuenta que puede haber dificultades en la prestación tanto a nivel de presión como de falta del servicio. También se debe avanzar en la creación de un fondo de garantías para el resarcimiento de usuarios, mediante el cual la empresa pueda resarcir con disminución de hasta un 50% en el monto de la liquidación bimestral por corte en el suministro o por mala prestación del servicio.
Esto se haría con el 2% de cada factura. Se propone modificar el criterio de aplicación de la tarifa social, estableciendo una modalidad que conjugue criterios tales como nivel de ingresos del hogar, condición de vivienda única, y también volumen de consumo, puesto que bajo la tarifa social se propone colocación de medidor, se propone establecer —vía modificación de la ley provincial Nº 11.220— la obligatoriedad de convocar a audiencia pública previo al tratamiento de cada modificación tarifaria o del sistema en general.
También se propone establecer un mecanismo no vinculante por medio del cual el consejo consultivo reunido al menos una vez por mes, dictamine sobre los asuntos tratados en cada reunión, y tales informes sean elevados tanto al Enress como a la empresa prestadora y las cooperativas y municipios-comunas que están bajo regulación del mismo. Se propone que en cada factura de período figure claramente para información del usuario los montos de las inversiones que se están realizando en cada una de las ciudades que corresponda al usuario local, lo cual también debe figurar a nivel porcentual por cada factura.
Todas estas reformas también son necesarias en la EPE. La ley Nº 10.014, vuelta en vigencia por la Ley Nº 12.700, es una norma obsoleta para un Estado moderno, o que quiere serlo.
Esta empresa debe contar con un directorio más amplio, y con mecanismos de queja y resarcimiento preestablecidos en un cuerpo legal, de manera tal que los usuarios y la propia empresa tengan estándares y niveles de aceptación en la calidad del servicio que hagan mejorar día a día su performance.
En definitiva, estamos frente a un año electoral y, a dos meses de iniciarse 2011, las promesas de reformas para estos dos servicios públicos vitales para los santafesinos, parecen no tener avances concretos para su materialización. Existen numerosas propuestas y opiniones de los usuarios y consumidores, y no aparecen proyectos y anuncios en la materia por parte de las autoridades. Hubo aumentos durante el año, y no hubo reformas. No habrá aumentos en 2011… ¿habrá reformas?
(*) Presidente del Centro de Estudios Sociales y Acción Comunitaria (Cesyac) de Rosario.
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