La Fiscalía de Medio Ambiente de Cataluña ha abierto diligencias en los últimos meses contra ocho alcaldes de municipios de Tarragona y Barcelona. Se les acusa de un delito contra el medio ambiente supuestamente cometido al verter aguas residuales a rieras y ríos. El artículo 325 del Código Penal castiga ese comportamiento con penas de cárcel de seis meses a cuatro años, además de multa e inhabilitación especial de uno a tres años para ejercer cargo público.
Los alcaldes afectados por las investigaciones de la fiscalía son los de Montbrió del Camp (Baix Camp), Constantí (Tarragonès), Lliçà de Munt (Vallès Oriental), Dosrius (Maresme), Sentmenat (Vallès Occidental), Tivissa (Ribera d'Ebre), Vallirana y Sant Esteve Sesrovires (ambos del Baix Llobregat). La tesis de la fiscalía es la misma en todos los casos:los alcaldes han incumplido sus obligaciones en materia de saneamiento, que está considerado un servicio público inexcusable en la Ley de Bases de Régimen Local.
La Federación de Municipios de Cataluña (FMC), sin embargo, defiende la actuación de los alcaldes y asegura que la construcción de las depuradoras no es una competencia municipal, sino de la Agencia Catalana del Agua (ACA), dependiente del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat. En este sentido, la FMC recuerda que los alcaldes están eximidos de responsabilidad en aplicación de la disposición transitoria cuarta de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Generalitat de 2009.
Ese artículo señala que se autorizan los vertidos de aguas residuales urbanas cuya depuración haya sido ausumida por la ACA si la depuradora o infraestructura correspondiente está incluida en el Programa de Saneamiento de Aguas Residuales aprobado por el Gobierno de la Generalitat en 2006. El mismo artículo precisa que cualquier incremento de carga o caudal de vertido resultante de un desarrollo urbanístico no previsto en el citado plan obliga a instalar los sistemas de tratamiento necesarios y a obtener previamente autorización para el vertido.
La fiscalía entiende, por el contrario, que una disposición de ese tipo no puede suponer una patente de corso para justificar los vertidos ilegales, porque suponen un riesgo para el medio ambiente y para la salud de las personas. Las investigaciones de la fiscalía se han iniciado tras las denuncias presentadas por el cuerpo de Agentes Rurales, los Mosos d'Esquadra, la Guardia Civil, particulares y asociaciones ecologistas.
Algunas de esas investigaciones de la fiscalía ya han concluido y han acabado en querellas, que a su vez ya han sido tramitadas y están pendientes de juicio. En otros casos, la investigación del fiscal ha servido para rectificar la actuación municipal y acabar con el vertido, como sucedió en el caso del torrente de Can Noguera, en Sant Esteve Sesrovires, según explica el alcalde de la población, Enric Carbonell.
Antoni Pelegrín, fiscal coordinador de Medio Ambiente, explica que algunos vertidos ilegales se arrastran desde hace años, sin que se haya hecho nada para acabar con ellos. "Es cierto que la depuradora no depende de los ayuntamientos, pero no se pueden verter aguas a los cauces públicos en lugar de construir una balsa provisional. Y la verdad es que cuando se les investiga empiezan a actuar", explica el fiscal.La Federación de Municipios de Cataluña (FMC) aprobó el pasado día 22 una resolución en la que expresa su preocupación por la situación creada tras la imputación penal de algunos alcaldes a causa del vertido de aguas residuales y solicita la intervención de la Generalitat y del Ministerio de Medio Ambiente. El organismo municipalista reclama de la Administración autonómica "que se adopten las medidas necesarias para que no se produzcan nuevas imputaciones", y del Gobierno, que "inicie las actuaciones que sean necesarias, incluso instar la modificación de la normativa vigente, para poner fin a la situación en que se encuentran los alcaldes".
La FMC también solicita a la Agencia Catalana del Agua que construya las infraestructuras o estaciones depuradoras de aguas residuales necesarias para completar el sistema de saneamiento de los municipios, y a la Generalitat que prevea las inversiones indispensables que permitan asumir ese objetivo. Esa es la clave de bóveda de todo el asunto, pues los Ayuntamientos y sus alcaldes acaban sufriendo las consecuencias, incluso judiciales, de la falta de esos equipamientos, que no son de su competencia.
La fiscalía, por su parte, considera que si le llega una denuncia o tiene conocimiento de vertidos residuales contaminantes, no puede mirar hacia otro lado y no cumplir su obligación de investigar esas situaciones. Se recuerda, además, que en todos los casos en los que se acaban abriendo diligencias no se hace porque se descubra un vertido ocasional, sino situaciones de contaminación que no son leves y que se arrastran desde hace años, avaladas por informes del Instituto de Toxicología.
Sin automatismos
Con todo, la fiscalía asegura que estudia caso por caso y que no actúa con automatismos en las denuncias que se presentan. La FMC, sin embargo, considera que esas ocho investigaciones irán seguidas de nuevos expedientes, por lo que se ha puesto a disposición de la fiscalía para "trabajar en la búsqueda de soluciones". El fiscal de Medio Ambiente, por su parte, insiste en la necesidad de cumplir la ley y evitar los vertidos contaminantes, sin que sirva de justificación la citada disposición de la Ley de Acompañamiento de los presupuestos. La escasa importancia que dan las Administraciones a los vertidos contaminantes es una realidad que viene constatando la Fiscalía de Medio Ambiente desde hace tiempo en sus memorias anuales. |
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