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LIQUIDACION DE RETENCIONES DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS

El personal de la Autoridad del Agua, para la correcta liquidación de las retenciones del Impuesto a las Ganancias, en los sueldos, deberá presentar el formulario 572 W.

La RG AFIP 4003 y sus modificatorias, establecen que las y los trabajadores en relación de dependencia deberán generar el F.572 web utilizando el servicio “Sistema de Registro y actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, siendo ésta la única forma de hacerlo.

El formulario es para que las personas incluidas en la cuarta categoría de Ganancias, envíen los datos referidos a las deducciones -a ser consideradas en oportunidad de la liquidación del impuesto a las ganancias- en forma electrónica, a sus empleadores. Descargando el siguiente archivo podrán acceder a la guía paso a paso para presentar en tiempo y forma toda la información solicitada, indispensable para la liquidación de sueldos.

Tengan en cuenta las penalidades dispuestas en los artículos 172 y 173 del Código Penal de la Nación al momento de completar la Declaración Jurada. Si la información suministrada presenta inconsistencias con otras declaraciones juradas entregadas por otras disposiciones al empleador, el agente de retención actuará con prudencia y verificará tal situación y en el caso que sea necesario, se solicitará su subsanación.