La Corte Suprema de Justicia le negó ayer a la secretaria de Ambiente, Romina Picolotti, cualquier posibilidad de revisar los plazos que el máximo tribunal le impuso para sanear el Riachuelo. De esta manera, si no cumple los primeros objetivos –pautados para el 4 de septiembre–, la Justicia podría comenzar a aplicarle a ella, personalmente, multas de miles de pesos.
El 8 de julio y por unanimidad, los jueces de la Corte acordaron condenar al Estado nacional, a la provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a ejecutar –con plazos concretos– un programa para recomponer la situación ambiental, social y de higiene sanitaria de la cuenca Matanza-Riachuelo. Todos los puntos del fallo tenían como condicionante que el incumplimiento de esos plazos implicaría el pago de multas por parte del titular de la Autoridad de la Cuenca (Acumar), un ente que vincula a los tres estados. Ese cargo lo ocupa Picolotti, quien después del fallo respondió al tribunal supremo presentando un pedido de revocatoria. Ese recurso fue el que los jueces rechazaron ayer.
En su pedido, la Secretaría de Ambiente sostenía que no compartía el criterio de ser la responsable particular sobre el cumplimiento de los plazos. En resumen, discutía la validez de correr el riesgo de pagar multas. Su argumento era que la ejecución de los planes también depende de un comité, la Acumar, que funciona bajo su órbita. En aquel escrito pidió también mayor flexibilidad en los plazos porque “la ley de administración pública tiene sus tiempos para hacer las licitaciones”. Sin embargo, en una respuesta sintética y también por unanimidad, los jueces dijeron que el recurso “es inadmisible” porque las sentencias de la Corte no son revisadas.
Los primeros vencimientos que impuso el máximo tribunal ocurrirán el 4 de septiembre. En esa fecha, la Autoridad de la Cuenca debería tener listo un sistema de información pública vía internet de acceso libre y también tendría que estar terminada la inspección de todas las plantas industriales de la cuenca, para establecer cuál contamina y cuál no. La mecánica de estipular tiempos límite para el cumplimiento se aplicó también para el saneamiento de basurales, la limpieza de las márgenes del río, la expansión de la red de agua potable, el saneamiento cloacal y el plan sanitario de emergencia. En todos esos casos, hay tiempos más largos ordenados para el cumplimiento.
Mondino contralará con las ONG
El fallo de la Corte también impuso un mecanismo de controles distribuido en tres áreas: designó a un juez de Quilmes para la ejecución de la sentencia, le dio a la AGN el control presupuestario y encomendó al defensor del pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, la coordinación de un equipo de control ciudadano a través de las ONG que habían participado como terceros interesados en la causa. En ese marco, ayer se reunieron por primera vez para dar por inaugurado el mencionado cuerpo colegiado que está integrado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, el CELS, la Asociación de Vecinos La Boca, la Fundación Greenpeace Argentina y la Asociación Ciudadana por los DD.HH.
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