La conexión de la red de agua potable en el barrio Coronel Dorrego no será la única y, para ello, el Gobierno municipal decidió abrir un registro de licitadores con el objetivo de cumplir con lo prometido: llevar el agua potable a toda la ciudad. En tal sentido, desde el Ejecutivo se informó que será condición indispensable para la realización de las obras -en un marco de seguridad y solvencia económica- el análisis técnico y con criterios evaluativos de situación económica financiera de las empresas oferentes, inscribirse en el Registro de Licitadores Municipal.
Para ello, el intendente José Eseverri dictó un decreto de apertura del rubro obras de saneamiento ambiental en el mencionado Registro de Licitadores. Las empresas interesadas en participar de este tipo de licitaciones municipales deberán inscribirse en el mencionado registro, pudiendo recabar mayor información, en los aspectos técnicos y financieros que se solicitan, en la Subsecretaría Técnica de Administración, ubicada en el primer piso del Palacio Municipal San Martín.
Por decreto
La medida dispuesta por el Intendente municipal plantea, como obligatoriedad y en un marco de seguridad y solvencia económica el análisis técnico y con criterios evaluativos de situación económica financiera de las empresas oferentes, que los empresarios interesados se inscriban en el Registro de Licitadores que acrediten sus características.
La normativa indica que "las empresas regionales y/o locales se verían limitadas para obtener los certificados de los Organismos Nacionales o Provinciales en tiempo y forma para presentarse en dichas licitaciones". Asimismo, se sostiene que "el Artículo 140º de la Ley Orgánica Municipal autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a habilitar un Registro de Licitadores de Obras Públicas Municipales".
Y como antecedente se argumenta que "por Decreto Nº 325/2005, obrante en Expte. 1523/S/05, se creó un Registro Municipal de licitadores para las obras de construcción de viviendas por la Nación".
Además, se detalla que "la incorporación del rubro obras de saneamiento ambiental en el Registro Municipal de Licitadores con condiciones similares al mencionado precedentemente permitirá la participación de empresas locales y/o de la zona de influencia".
Además, contempla que dicho registro requerirá una "formulación de requisitos exigidos con el fin de adecuarlo a un marco de libertad y competencia empresarial" y que "la mayor libertad debe ser acompañada de una mayor coherencia normativa sumada a una estricta reglamentación fundada en la eficiencia y la racionalidad".
Oficialmente, se indicó que mediante esta iniciativa se busca simplificar la presentación en la licitación instrumentando un sistema que "racionalice la toma de decisiones evitando restricciones que restan la fluidez al proceso licitatorio" y que el transcurso del tiempo y las condiciones en que se desenvuelve actualmente la actividad empresaria de la construcción "aconsejan adoptar criterios valorativos complementarios que, en conjunto, resulten más representativos del quehacer del sector".
A través de la incorporación del rubro obras de saneamiento ambiental al Registro de Licitadores Municipal las empresas del rubro podrán solicitar la inscripción, categorización y habilitación asignándoles la capacidad técnica referencial que resulte del estudio de sus antecedentes. Y que eso "no constituye un límite a la capacidad de ejecución y de contratación de la empresa ni representa una restricción para ser adjudicatario de una obra pública que licite el Municipio de Olavarría" y que "es preciso incluir una normativa que permita el acceso al mercado de obras públicas en el partido a empresas regionales y/o locales".
Finalmente, el decreto municipal establece que "resulta conveniente flexibilizar los requisitos de acceso a este mercado, permitiendo un mecanismo de autorregulación en función al grado de desarrollo empresario alcanzado", y que lo dispuesto "facilita a las empresas regionales el acceso al mercado de obras públicas". "La finalidad de establecer una normativa ordenadora obedece a la necesidad de garantizar el pleno conocimiento del sector de constructores de obras públicas, manteniendo la seguridad jurídica en el proceso de selección realizado por los organismos comitentes, brindando información sobre los antecedentes empresarios y aplicando las sanciones pertinentes frente a los incumplimientos contractuales", concluye.
|
|
|