La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo de la Cámara de Apelaciones de La Plata que ordenaba a Aguas Argentinas la construcción de una planta de tratamiento de desechos cloacales en un plazo de 18 meses y la prolongación del emisario cloacal en Berazategui, lo que no implica la paralización de la planta de tratamiento de lìquidos cloacales que se está construyendo en Berazategui, según aclaró el municipio referido.
En su fallo, el máximo tribunal consideró que la Cámara Federal N° 2 anticipó una decisión de otra jurisdicción correspondiente a otro Tribunal -el de la Corte Suprema- que finalmente en julio de 2008 ordenó a los gobiernos nacional, porteño y provincial instrumentar un plan para el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo.
La presentación ante la Cámara platense la había impulsado el Municipio de Berazategui en 2004 por medio de una medida cautelar en la que solicitaban el frenado del vertido cloacal sin tratamiento lo que conformaba una enorme mancha que en ese entonces ocupaba una zona de 1,5 kilómetros de largo por 600 metros de ancho.
En su fallo la Corte sustituyó la medida dispuesta por la Cámara y ordenó al Estado Nacional que culmine las obras descriptas precedentemente. Y consideró, además, que resultaba necesario que 'efectivamente se implementen medidas para el tratamiento de los líquidos cloacales vertidos en la zona costera de Berazategui de forma tal que se logre una tutela efectiva del medio ambiente.
Ante esta resolución, la Corte Suprema ordenó su remisión al Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, a cargo de Luis Armella, que tendrá que vigilar que cumplan con los plazos de las obras, como la planta de Berazategui, que se encuentra en plena ejecución.
El Municipio de Berazategui salió a fijar posición al respecto, recordando que "mediante una causa iniciada por la Municipalidad de Berazategui contra Aguas Argentinas S.A. y el Estado Nacional en demanda de la construcción de una Planta Depuradora y la prolongación de un emisario cloacal; se obtuvo finalmente la orden de cumplir con un plan integral de saneamiento del Río de La Plata".
La Comuna explicó que "de esta forma la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a los recursos interpuestos, dejando sin efecto la medida cautelar dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, mediante la cual se había ordenado la construcción de una planta depuradora de líquido cloacales y la prolongación del emisario cloacal existente en el distrito", revitalizando el acuerdo al que se arribó en la audiencia celebrada ante el Alto Tribunal ratificado por el decreto 1885/04. Dicho acuerdo consta de la realización de diversas acciones y estudios en los terrenos de la planta y de la traza del emisario cloacal y decidieron también la construcción de instalaciones destinadas al pretratamiento en Berazategui.
El Municipio recordó que "la Corte consideró que la complejidad técnica de las obras encomendadas requerían ser examinadas en un ámbito de mayor debate y prueba que las que ofrece el proceso cautelar, obteniendo así una solución integral del problema de contaminación del río", al tiempo que estimó que "la Corte sustituyó la medida dispuesta por la Cámara y ordenó al Estado Nacional que culmine las obras, que forman parte de un plan mediante el cual se pretendía dar una solución integral al problema de la contaminación existente en las aguas del Río de La Plata".
Desde el Municipio se explicó que "en este sentido los expedientes fueron remitidos al Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes, a quien se informará detallada y públicamente sobre los avances".
Finalmente, es importante señalar que AySA y la Municipalidad de Berazategui mantienen vigentes todas las partes del convenio, que se encuentra en plazo de ejecución, ratificándose así que la obra de la planta de tratamiento local no se paraliza.
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