Según denuncia efectuada por el investigador Milton Lérida, las autoridades de la Cancillería boliviana regalaron a Chile el 50% de las aguas del manantial Silala luego del acuerdo inicial firmado en Santa Cruz de la Sierra el 14 de noviembre de 2008.
“Este es el documento con base legal que tiene validez (preacuerdo firmado) ante cualquier autoridad; es la madre del cordero para que se hagan otros documentos que no tienen ningún valor como el acuerdo inicial que se pretende socializar, porque la verdad, en noviembre de 2008 ya se entregaron a Chile las aguas del Silala”, manifestó Lerida en declaraciones a EL DIARIO.
El acta de la IV Reunión del Grupo de Trabajo entre Bolivia Chile sobre el tema Silala fue suscrita por el vicecanciller Hugo Fernández Araóz y María Teresa Infante Caffi, cónsul de Chile en Santa Cruz de la Sierra el 14 de noviembre de 2008.
Una de las partes sobresalientes de ese documento menciona que “para llegar al acuerdo preliminar, las Partes realizarán en el corto plazo mediciones en el cruce de frontera, con el fin de establecer el caudal sobre el cual se determinarán los porcentajes de las aguas correspondientes a cada parte (Bolivia-Chile)”.
En el “actual preacuerdo”, el artículo 6 afirma que “las Partes establecen de conformidad con el Artículo 2, que del volumen total del agua del Silala o Siloli, que fluye a través de la frontera (100%), el 50% corresponde, inicialmente, al Estado Plurinacional de Bolivia, es de su libre disponibilidad y lo podrá utilizar en su territorio o autorizar su captación para su uso por terceros, incluyendo su conducción a Chile. Este porcentaje podrá ser incrementado a favor de Bolivia, en función de los resultados de los estudios conjuntos que se lleven a cabo en el marco del presente acuerdo”.
En ese marco, Lérida considera que este documento firmado por las dos autoridades diplomáticas viola la Constitución Política del Estado (CPE) y el Código Penal Boliviano (CPB) en sus diferentes artículos como así las disposiciones legales del país.
El artículo 377 de la CPE afirma que “todo tratado internacional que suscriba el Estado sobre los recursos hídricos garantiza la soberanía del país y prioriza el interés del Estado (...). El Estado resguardará de forma permanente las aguas fronteras y transfronterizas para la conservación de la riqueza hídrica que contribuirá a la integración de los pueblos”.
En criterio de Lérida, el actual preacuerdo no tiene valor legal por no contar con firmas de autoridades, sin embargo, se refirió al anterior acuerdo resultado de la cuarta reunión, del que dijo, abre la posibilidad de ser utilizado en contra del país en instancias judiciales internacionales.
El artículo 4 se refiere a “la fragilidad del ecosistema del Silala, que por el presente acuerdo las Partes se comprometen a mantener las condiciones actuales del caudal y calidad del agua que fluye a través de la frontera y a cuidar que cualquier obra que emprendan a futuro individual o conjuntamente no afecte dicho caudal y calidad”.
De acuerdo al investigador, las autoridades nacionales le mintieron al pueblo boliviano en su buena fe desde el 14 de noviembre hasta el mes de julio del presente año, donde negociaron los cursos naturales, en una clara entrega de las aguas del Silala al país vecino, por lo cree que éstas deben ser sujetas a procesos legales.
El CPB en el artículo 117 “Infidelidad en Negocios del Estado” sostiene que “el representante o comisionado por el Gobierno de Bolivia para negociar un tratado, acuerdo o convenio con otro Estado que se aparte de sus instrucciones de modo que pueda producir perjuicio al interés nacional, incurrirá en presidio de 2 a 6 años la sanción se dará si el delito se perpetrare con fines de lucro o en tiempo de guerra”.
TRAICIÓN A LA PATRIA
El artículo 124 parágrafo uno de la CPE afirma que comete el delito de traición a la Patria la boliviana o el boliviano que incurra en el delito de violar “el régimen constitucional de recursos naturales”.
Lérida dijo que los bolivianos esperaban una negociación donde el Vicecanciller de la República estableciera el monto del 100 por ciento por el uso de esas aguas, y que no se le encomendó la entrega de estos recursos hídricos a Chile.
RECURSOS NATURALES
En el título segundo referente a los recursos naturales, el artículo 348 parágrafo uno afirma que son recursos naturales los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire el suelo, el subsuelo, los bosques y la bio diversidad, el espectro electromagnético y todos los elementos de fuerza física susceptibles de aprovechamiento.
“Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país”, afirma la misma.
En ese contexto, Lérida conminó a los bolivianos e instituciones para que se pronuncien e impugnen ante el presidente del Congreso Nacional evitar la enajenación de esta riqueza hídrica natural basado en el título 3 referido a los deberes en el artículo 108, donde se establece que son deberes de los bolivianos proteger, defender los recursos naturales y contribuir a su uso sustentable para preservar los derechos de las futuras generaciones.
Manantiales del Silala
Los manantiales del Silala están ubicados en el cantón Quetena de la provincia Sud Lípez de Potosí, donde afloran 94 ojos de agua y generan unos 200 litros por segundo que se escurren por canales artificiales hacia el norte chileno.
En la larga y estrecha geografía chilena, el agua está distribuida de forma heterogénea. En el centro y sur -de la Cuarta a la Décima Región- se concentra la mayor cantidad del recurso. En cambio, el norte es una zona donde el agua escasea; allí se extiende el desierto de Atacama, el más seco del mundo y donde los manantiales del Silala son la única fuente del recurso hídrico.
La distribución de las aguas del manantial es el centro de una disputa entre Chile y Bolivia. Aunque de poco caudal, el Silala es significativo no sólo porque se vincula con el reclamo boliviano de una salida soberana al Pacífico, sino con el ineludible tema de la escasez de agua a nivel mundial.
El gobierno chileno afirma que el Silala es un río internacional de curso sucesivo y, por tanto, su uso está regulado por el derecho internacional. Bolivia, en cambio, sostiene que se trata de manantiales que afloran a la tierra y que no están regidos por leyes internacionales.
De acuerdo con estudios del Instituto Geográgico Militar, el Silala nace y muere en territorio boliviano pero ha sido desviado en forma artificial hacia Chile.
Las aguas del Silala se desvían a Chile por una canalización artificial autorizada por una concesión boliviana a The Antofagasta-Bolivian Railway Company a principios del siglo pasado, empresa chilena que actualmente se llama Ferrocarril Antofagasta-Bolivia.
Chile ha planteado que un tribunal internacional, el de La Haya, resuelva la controversia de si el Silala es un manantial o un río internacional.
Las aguas del Silala son íntegramente bolivianas, así lo demuestra un informe elaborado por la Comisión de Política Internacional de la Cámara de Diputados del año 2003, cuyos integrantes fueron personalmente (en octubre de 2002) hasta la región del Quetena donde a través de informes hidrogeológicos, hechos por personal experto en la materia, pudieron establecer que el Silala no es un río de curso sucesivo y que sus aguas fueron desviadas.
Según documentos presentados a EL DIARIO por el investigador Milton Lérida, el informe fechado el 23 de enero de 2003 establece que las aguas del Silala “fueron captadas con autorización expresa y Escritura Pública No.4 en 1908 (otorgada) por la Prefectura de Potosí a la Empresa Anglo Chilena “The Antofagasta (Chile) And Bolivian Railway Company Limited”.
“En 1908, cuando el Prefecto accidental de Potosí, René Calvo Arana, en su carácter de Superintendente de Hacienda de ese Departamento, otorgó la concesión de uso de los bofedales del Quetena a la empresa The Antofagasta (Chile) And Bolivian Railway Company Limited a título gratuito; ni el gobierno chileno de entonces, ni ninguna autoridad de ese país, arguyeron que esas aguas constituían un río y menos un río de curso sucesivo, más aún, la solicitud misma implicó un reconocimiento expreso a la autoridad boliviana sobre esos recursos hídricos”, señala el documento.
Asimismo, entre los estudios utilizados para asegurar que el río Silala es boliviano se contempla el hecho de que en ningún mapa chileno o de Sudamérica, anterior al Tratado de 1904, figura el río Silala. “Sólo aparecen en la región los ríos Loa y San Pedro”. Este hecho está respaldado por el Balance Hídrico de la zona Norte de Chile.
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