Personal Técnico de la Delegación de Zona Norte de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Cruz elevó al Subsecretario del mismo ámbito, una propuesta a fin de sancionar como disposición de esta autoridad de aplicación, una reglamentación relacionada a la obligatoriedad de construir pozos de control y monitorear las diferentes instalaciones de superficie, asociadas tanto a este tipo de actividades como aquellas que desde el punto de vista de la operación, pudieran afectar este recurso tan esencial y vital. Esta disposición contemplará la ejecución de multas de hasta $ 2.000.000 por cualquier tipo de incumplimiento a lo estipulado en la misma.
Esta medida responde a los efectos de la falta de inversiones y mantenimiento en la actividad petrolera. En suma, a la desidia de algunas empresas con respecto al tema.
En estos sitios, los que se encuentran acotados y asociados a determinadas instalaciones, se ha establecido la afectación de los acuíferos por presencia de hidrocarburo y/o agua de producción.
Asimismo se detectaron anomalías por presencia de gas y/o gasolina en el subsuelo en determinadas instalaciones; todos estos contaminantes relacionados directamente con la actividad petrolera.
En general las anomalías, determinadas mediante la realización de muestreos y posteriores análisis químicos, se encuentran asociadas a las instalaciones de superficie como ser plantas y baterías, siendo éstas producto de pérdidas tanto en piletas de emergencia como de proceso y/o en tanques o ductos soterrados, todo esto agravado por la falta de mantenimiento, inversión, compromiso y la desidia de las diferentes empresas.
Estas irregularidades se han podido detectar gracias a la presencia de pozos de monitoreo existentes en las diferentes instalaciones, pozos que al crearse esta Delegación, en el año 2004, eran insuficientes y que las mismas operadoras decidían en donde construirlos. Ante las irregularidades detectadas y a partir de la vigencia de la Ley de Impacto Ambiental, esta autoridad ha venido obligando a las empresas a construir este tipo de pozos, para el monitoreo en la totalidad de las instalaciones de superficie, tareas que se intensificaron y que tanto las operadoras YPF S.A. como Occidental Argentina E&P vienen desarrollando hasta el momento.
En la actualidad se ha intimado a las diferentes empresas, atento a la falta de respuesta, a comenzar con las tareas de caracterizaciones y posteriores saneamientos de los sitios afectados, tareas que a pesar de la gravedad de la situación, no se han iniciado, destacándose que hasta la fecha en casi la totalidad de los casos detectados, las operadoras no han determinado las fuentes potenciales de afectación y si las mismas se encuentran activas o no. Los únicos casos en los que se avanzó con las caracterizaciones, los constituyen Planta Deshidratadora Cañadón León, Planta Deshidratadora Pico Truncado, Planta Deshidratadora Cañadón Seco y Batería PT-1097, operadas por YPF S.A.; Planta Deshidratadora Cañadón Minerales, Piletas de Emergencia 1 y 2 Planta Deshidratadora Cañadón Seco y actualmente en iniciación la Planta Deshidratadora El Huemul EH-1 todas estas correspondientes a Occidental Argentina E&P. Destacando que esta última empresa es la única que a la fecha ha iniciado tareas de remediación del acuífero freático en las instalaciones de la Planta Deshidratadora Cañadón Minerales.
Estos son claros ejemplos de la desidia en que recaen las diferentes empresas y a la importancia que se le brinda a la protección de los diferentes recursos naturales.
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