La intervención de Obras Sanitarias Mendoza recuerda que está prohibido durante las 24 horas y los 365 días del año, el riego con agua potable, por cualquier medio, de calles de pavimento de hormigón y/o asfáltico; el lavado de veredas y automóviles mediante el uso de manguera y/o hidrolavadoras; y el uso de agua potable que provenga de conexiones clandestinas. La restricción para utilizar agua potable es de 8 a 20.
Según la resolución N° 136/09 se aplicarán multas por riego de jardines con manguera y/o hidrolavadoras de $ 55 a $ 220. Mientras que por riego de calles pavimentadas y no pavimentadas, llenado de piletas, lavado de veredas y automóviles, así como cualquier otro uso abusivo por cualquier medio, la primera infracción será sancionada con multas que van de $ 80 a $ 320.
Multas por uso de agua potable proveniente de conexiones clandestinas: la primera infracción será sancionada con multas que van desde $ 1.000 a $ 3.000.
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